La venta de productos al consumidor final en sus farmacias a precios inferiores a los que dichas empresas venden como mayoristas a sus competidores.
El establecimiento de convenios o contratos de suministro en los cuales las denunciadas supuestamente imponen a las farmacias condiciones relacionadas con la compra de porcentajes determinados de sus ventas, precios, plazos, facturación, uso de software para el manejo de inventarios, entre otros; así como condiciones en relación con el porcentaje de compra a sus competidores y la forma de hacerlo.
Estas prácticas son sancionables si son realizadas por empresas que cuentan con poder sustancial ya que pueden llevar a monopolizar el mercado, perjudicando con ello a los consumidores del país.
De determinarse en el procedimiento administrativo que las empresas incurrieron en alguna de las conductas que se investigan, pueden ser sancionadas con una multa por cada conducta hasta por 410 veces el menor salario mínimo mensual (cerca de 97 millones de colones), o en casos de especial gravedad, la COPROCOM puede imponer una multa del 10% de las ventas o hasta el 10% de los activos, de las dos la que sea más alta.