Piden mayor consenso para Tribunal Administrativo - TicoVisión
Escrito en 10/05/10 a 20:42:07 GMT-06:00 Por Administrador
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Piden mayor consenso para Tribunal Administrativo - TicoVisión


10 de Mayo, de 2010
TicoVisión
Por Rosibel Barrantes Barrantes.

El Plenario Legislativo continuó esta tarde con el...
El Plenario Legislativo continuó esta tarde con el trámite de ratificación de los miembros del Tribunal Registral Administrativo.

Pese a que se tenía un acuerdo preliminar para aprobar los nombres de los jueces recomendados por la Comisión Permanente Especial de Nombramientos, esta tarde no se llegó a la votación.

Según expuso la diputada Yolanda Acuña del Partido Acción Ciudadana existen varias dudas sobre el tema. Señaló el aparente ligamen de dos de los nombres propuestos para integrar dicho Tribunal con el Partido Liberación Nacional.

Por su parte, el libertario Carlos Góngora denunció que existen algunos miembros que no cuentan con experiencia propuestos para ocupar las plazas propietarias y otros con gran experiencia para suplencias.

El diputado socialcristiano, Luis Fishman recomendó volver a revisar el tema y analizar la conveniencia de ratificar o no los nombres propuestos.

Los miembros propietarios para ocupar el Tribunal son: Luis Jiménez Sancho, Jorge Enrique Alvarado Valverde, Guadalupe Grettel Ortiz Mora, Norma Ureña Boza, Georgina García Rojas.

Los miembros suplentes: Priscila Soto Arias, Walter Méndez Vargas, Carlos Rodríguez Jiménez, Adolfo Durán Abarca, Oscar Rodríguez Sánchez.

Los nombramientos rigen del 1 de diciembre del 2009 al 30 de noviembre del año 2013.

El Tribunal Registral Administrativo es un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Justicia y Gracia, con personalidad jurídica instrumental.

Tendrá la sede en San José y competencia en todo el territorio nacional.  Sus atribuciones serán exclusivas y tendrá independencia funcional y administrativa; sus fallos agotarán la vía administrativa.

Entre las competencias del Tribunal están: atender los recursos de apelación interpuestos contra los actos y las resoluciones definitivas dictados por todos los Registros que conforman el Registro Nacional y los recursos de apelación contra los ocursos provenientes de los Registros que integran el Registro Nacional.

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