Ejecutivo insiste en vetar huelgas en servicios esenciales y contrapropone: Costa Rica - TicoVisión
Escrito en 22/05/13 a 16:36:09 GMT-06:00 Por Administrador
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Se prohíbe la huelga en los servicios esenciales
Ejecutivo insiste en vetar huelgas en servicios esenciales y contrapropone - TicoVisión


22 de mayo de 2013 | TicoVisión | Redacción - | Nacional | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



Ejecutivo insiste en vetar huelgas
en servicios esenciales y contrapropone



San José, martes 21 de mayo, 2013.-  Después de varios meses de análisis y un proceso de diálogo con distintos sectores y luego de haber vetado parcialmente la reforma al Código Procesal Laboral, el Poder Ejecutivo ha elaborado una propuesta con el fin de enmendar las normas que fueron vetadas, para garantizar los servicios esenciales a la ciudadanía.

Tal y como lo señaló el Gobierno desde octubre del año anterior no se puede permitir que las huelgas en el sector público puedan llegar a afectar los aspectos mas esenciales de la población, particularmente que pudiera ponerse en peligro la vida, la salud o la seguridad de las personas, como lamentablemente lo permitía el código que fue vetado por la administración Chinchilla Miranda.
 
La propuesta trabajada por el Gobierno, escuchando a las distintas organizaciones laborales, regula las huelgas velando por que no se afecten las garantías básicas del Estado.
 
Para estos efectos, las principales novedades están en prohibir totalmente la huelga en servicios de  salud como hospitales y clínicas y sus servicios de emergencias, así mismo se prohíben las huelgas en los servicios de electricidad, agua y  servicios; en todas las fuerzas de  policías, incluyendo la civil, de tránsito, naval, aérea, de fronteras y aviación, servicios de atención a la población infantil y adulta mayor, Cruz Roja, bomberos, control sanitario y fitosanitario.

De la misma manera, se prohíben parcialmente (con posibilidad de ejercer la huelga, siempre y cuando se garantice el cumplimiento de un plan de servicios mínimos de funcionamiento), las siguientes actividades: servicios meramente administrativos de la Caja Costarricense del Seguro Social cuya interrupción pueda menoscabar la prestación de los servicios de salud; servicios jurisdiccionales en materia constitucional, contravencional, penal, contencioso administrativo, pensiones alimentarias, violencia doméstica y tránsito; servicios de alimentación a la niñez.

En la propuesta se protegen también los servicios que se consideran de importancia trascendental,  cuales son aquellos que por su carácter estratégico para el desarrollo socioeconómico del país, su paralización o suspensión implican un perjuicio sensible a las condiciones de vida de toda o parte de la población. Entre estos servicios se encuentran carga y descarga de muelles  y atracaderos; las instituciones o empresas que prestan servicios de suministro y distribución de combustibles; servicios de transporte público de personas; servicios bancarios y financieros; servicios de expedición y entrega de pasaportes, así como de documentos de identificación a personas extranjeras y servicios que presta el Tribunal Supremo de Elecciones.

Igualmente en la propuesta que ha establecido el Gobierno, se le permite al Ejecutivo que en caso de huelgas en servicios esenciales se pueda sustituir inmediatamente a los huelguistas e incluso se pueda despedir a los funcionarios que falten a la regla establecida de no abandonar su puesto en los mismos.

Adicionalmente se establece un procedimiento súper abreviado para que los tribunales resuelvan en un término de tres días la legalidad o no de una huelga y no como sucede en la actualidad que duran meses sin resolver.
Esta propuesta ingresó a la corriente legislativa el día de ayer, con la misma el Gobierno espera que de aprobarse la Reforma Procesal Laboral los cuidadanos cuenten con un sistema que los libre de huelgas que puedan afectar sensiblemente sus condicines de vida.

Documento: Propuesta.

Ver/Descargar "Resumen Reforma Procesal Laboral.pdf".

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