Gobierno DEFIENDE ''Decreto pro Petroleras'' - TicoVisión |
Escrito en 23/07/13 a 08:51:48 GMT-06:00 Por Administrador |
Quizá porque a los biólogos muchas veces nos cuesta entender el mundo de los abogados, desde nuestra visión científica nos parece irrespetuosa, irreverente, desabrida, áspera... Por Freddy Pacheco León (PhD) * San José, 23 de julio de 2013.- Quizá porque a los biólogos muchas veces nos cuesta entender el mundo de los abogados, desde nuestra visión científica nos parece irrespetuosa, irreverente, desabrida, áspera, la redacción del recurso de casación que el Gobierno de la República presentara contra la reciente sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo que anulara el “decreto pro petroleras” de José María Figueres y René Castro emitido hace 15 años. Dice la Procuraduría, que la sentencia “no se encuentra debidamente motivada” porque no incluye “hechos probados”, lo que hace imposible tener por demostrada la tesis gubernamental en su actuación dentro del “proceso de conocimiento” en contra del Estado, que interpusiéremos. Proceso que no es más que un esfuerzo por anular el inexplicable decreto que exime a las empresas petroleras la obligación de tener aprobado un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) antes de suscribir formalmente los respectivos contratos de exploración y explotación con el Estado. Así que, ante la sentencia unánime y debidamente emitida a favor de la nación, los gobernantes defensores del “decreto pro petroleras” parecieran no encontrar otro camino más que el de tratar de descalificar al Tribunal con “argumentos” como los siguientes: Según el Estado representado por sus abogados, la sentencia es un “intento fallido de razonamiento lógico” (¡!) de un Tribunal que “ignora los elementos de convicción” sobre ciertos hechos que, además, “pese a la contundencia de la manifestación de testigos llega a conclusión opuesta a la indicada” debido a “errores de hecho en la valoración de la prueba”. Se trata según se infiere de lo escrito por los juristas gubernamentales, de tres jueces incapaces de razonar lógicamente, ignorantes de ciertos elementos que por errores valorativos, llegan a conclusiones opuestas a las que se les expusieron. Es un Tribunal, continúa acusando el Estado, que “descontextualiza la cita efectuada” por una testigo, “desconociendo además, las explicaciones que en audiencia se brindaron” sobre ciertas actividades de exploración petrolera, “a pesar de que todos los testigos explicaron la diferencia entre un estudio de gabinete y estudio de impacto ambiental”, atreviéndose el Tribunal a afirmar “que los testigos indicaron cosas que no dijeron”. Es decir, se está ante un Tribunal que saca de contexto las explicaciones técnicas de los geólogos testigos, a quienes además los pusieron a decir cosas que no dijeron. ¿Duro verdad? Y agregan: “el Tribunal enlista una serie de hechos no demostrados, que tampoco se corresponden con la prueba que fue evacuada en el proceso”, acusándolo de desconocer que la realización de un estudio de impacto ambiental único y completo de toda el área concesionada para explotar petróleo, “sea oneroso e innecesario”, como lo demostraron, según los procuradores, los testigos peritos aportados por el Estado. Se molestan pues los representantes del gobierno porque el Tribunal tenía (¿cierto?) que aceptar, casi sin discusión ni discernimiento alguno lo que los testigos del Estado dijeron en defensa del “decreto pro petroleras”, específicamente en cuanto a que es muy oneroso e innecesario exigirle a una corporación petrolera, la realización de un estudio ambiental en toda el área concesionada, antes de firmar un documento contractual que le permitiera seguir adelante con los procesos conducentes a explotar hidrocarburos nacionales. Y para que no quedara duda de la defensa a ultranza que se hace de los geólogos llevados al debate del juicio, se reafirma que “No logra comprender esta Representación cual prueba podría haber aportado el Estado para que el Tribunal tuviera por satisfecha esta exigencia tan exagerada” (¡!) pues, “la violación es particularmente grave en este caso, pues la prueba ofrecida por el Estado no corresponde sólo con el criterio de tres expertos en la materia de hidrocarburos, sino además es respaldada por el Colegio de Geólogos de Costa Rica”. Cuidándose eso sí de no mencionar que uno de los testigos aparece en el expediente vinculado a la petrolera Mallon Oil, mismo que dirigiera, además, el EsIA de Harken Inc., mientras que otro fue el redactor del “decreto pro petroleras” cuando representaba al ministro René Castro ante la Setena en 1998, y que ahora acuden en defensa del mismo como testigos peritos de la Procuraduría. ¿Pero en qué sustenta el Estado su ataque a la sentencia que le fue adversa? ¡Veamos! En resumen, se alega que la fase “de prospección”, previa a la exploración (sacada de la manga pues no aparece ni en la Ley ni en su reglamento) es una etapa que requiere la perforación “de pozos prospectivos, que indudablemente son trabajos de campo y tienen un alto impacto ambiental”. Sin embargo, torpemente se pretende omitir la letra del decreto que, como mandato señala que la “Prospección Petrolera” (…) “permite obtener valoraciones aproximativas del potencial de hidrocarburos, sin que se implementen técnicas que puedan producir impactos ambientales significativos”. Se trata, agrega el decreto de Figueres y Castro, de métodos como cartografiado geológico básico, colectas manuales de muestras, reflexión sísmica, “y aquellos otros cuya aplicación se restringa (sic) al uso de instrumentos manuales…” tal y como lo ejecutara Harken con un EsIA para un proyecto de reflexión sísmica y Mallon Oil para un estudio de gabinete. ¡Ambos aprobados por Setena cual si se trataran de proyectos que requerían estudios semejantes! en atención a lo estipulado en el decreto que, esperamos, esté camino a su anulación definitiva. O sea, los argumentos emitidos por los testigos se contradicen con el texto de lo decretado cuando derogaron los 17 artículos del Título ambiental del Reglamento a la Ley de Hidrocarburos, que estipulan la obligación de presentar (¡acorde con la Ley!) un Estudio de Impacto Ambiental propiamente dicho, para un proyecto de exploración y explotación petrolera, de previo a comprometer al Estado dándole firmeza al acto adjudicatorio de una concesión petrolera. ¡Y sin embargo reiteran en la apelación sus muy trillados argumentos como parte de una estrategia de la defensa que solo ellos entienden! Lo que parece no haber entendido el Gobierno y sus abogados, es que estamos ante un asunto vinculado al deber de cumplir la jerarquía normativa, violentada al emitirse un decreto ejecutivo que se opone, frontalmente, a lo que había sido aprobado cuatro años antes en la Ley de Hidrocarburos y a menos de tres años de haberse emitido el correspondiente Reglamento. Es un asunto fundamentalmente de legalidad, ¡no de geología! pero que eso sí, con consecuencias que van más allá del interés jurídico exclusivo. Al apelar, el ministro René Castro (que dijera que la sentencia que derogara el “decreto pro petroleras” no era de importancia) demuestra todo lo contrario, pues su defensa de la mano del geólogo Allan Astorga lo que nos dice es que ambos mantienen su interés de que tal norma se mantenga incólume. En fin, porque es un asunto trascendental, que tiene relación con la estrategia energética nacional que ha de ser tarea prioritaria para el futuro de Costa Rica, sería conveniente que además de la señora presidente Chinchilla, los señores que aspiran a la Presidencia de la República, le digan a los habitantes lo que piensan del “decreto pro petroleras”, de la apelación presentada por el gobierno a la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, y de lo que se proponen hacer con respecto a una Ley de Hidrocarburos que demanda una revisión urgente. *PhD. Freddy Pacheco León: Catedrático de la Universidad Nacional de Costa Rica. Bioquímico, biólogo celular y reconocido especialista en estudios de impacto ambiental. frepaleon@gmail.com |
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