El Gobierno podrá EXPROPIAR y proseguir con las obras - TicoVisión
Escrito en 05/11/13 a 06:24:21 PM GMT-06:00 Por Administrador
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La Ley vigente tiene el problema de que el Estado no puede entrar en posesión del bien o bienes expropiados sino recién cuando deposita el monto del avalúo administrativo en sede jurisdiccional, lo cual constituye un...

El Gobierno podrá EXPROPIAR y proseguir con las obras - TicoVisión


05 de noviembre de 2013 | TicoVisión | Redacción TV | Legislativas | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento




El Gobierno podrá
EXPROPIAR y proseguir con las obras



San José, 5 de noviembre de 2013.-  Gracias a un proyecto dictaminado positivamente en la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos cuando el Gobierno realice una expropiación podrá depositar el monto del avaluó y continuar con la obra que va a construir.

Eso significa que no habrá más atrasos en proyectos de vital importancia para el país como la habilitación de carreteras por ejemplo.

Todos los legisladores presentes aprobaron la propuesta uno de ellos fue el congresista Luis Fishman Zonzinski quien se mostró sumamente contento con el avance de la iniciativa.

De hecho dijo Fishman que hará lo propio en el Plenario para que el proyecto 18743 que establece una reforma integral a la Ley de Expropiaciones se apruebe.

La Ley vigente tiene el problema de que el Estado no puede entrar en posesión del bien o bienes expropiados sino recién cuando deposita el monto del avalúo administrativo en sede jurisdiccional, lo cual constituye un enorme retraso para la iniciación de las obras públicas que se pretenden construir sobre el bien o inmuebles expropiados.

En consecuencia, es necesario modificar el régimen vigente y permitir que el Estado tome posesión del bien o bienes expropiados al momento en que deposite el monto del avalúo administrativo sin necesidad de haberse iniciado el proceso judicial de expropiación.
Diputado Luis Fishman Zonzinski

Paralelamente, se le debe garantizar al ciudadano expropiado que pueda retirar inmediatamente el dinero depositado por el Estado, sin perder su derecho a reclamar cualquier diferencia que juzgue oportuna en la vía jurisdiccional.

De esta firma el Estado no tendrá́ que acudir a la expropiación en vía judicial, sino que lo podrá́ hacer por la  vía administrativa, otorgándosele la facultad al administrado de acudir a la vía judicial para reclamar un aumento en el justiprecio.

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