Reformarán Ley del Registro y Archivos judiciales - TicoVisión |
Escrito en 06/03/14 a 07:40:46 GMT-06:00 Por Administrador |
La esperada reforma al artículo 11 de la Ley número 6723 del Registro y Archivos Judiciales, se haría pronto realidad, luego de que la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa, que preside el diputado... Reformarán Ley del Registro y Archivos judiciales 6 de marzo de 2014.- La esperada reforma al artículo 11 de la Ley número 6723 del Registro y Archivos Judiciales, se haría pronto realidad, luego de que la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa, que preside el diputado Oscar Alfaro Zamora; fue dictaminada por unanimidad, es una iniciativa presentada por la Fundación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos Costa Rica (FUNDEPRODE), que pretende eliminar el registro de cualquier pena cumplida. El artículo 11 de esta Ley estipula que todo presidario mantendrá vigente la hoja de delincuencia hasta por 10 años más después de haber abandonado la prisión, lo que es considerado como una violación a los derechos humanos y fundamentales. Esta situación se da fundamentalmente porque en las solicitudes de trabajo, se les exige la hoja de delincuencia y al constatar que el solicitante purgo una pena le niegan el derechos la trabajo, por razones de estigmatización y discriminación; hechos contrarios a la constitución política. Ante esta flagrante violación a los derechos humanos y como presidente de este foro del Parlamento y a su vez presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, del Parlamento Latinoamericano, (PARLATINO) el legislador Oscar Alfaro tomó la antorcha para eliminar este flagelo, así entonces reformar ese artículo. Precisamente para tener mejores criterios en ese sentido este foro de Derechos Humanos recibió en audiencia a la Licenciada Martha Iris Muñoz Cascante, Directora de la Defensa Pública, quien con gran criterio y atino explicó las múltiples solicitudes de ex presidiarios que piden a gritos que le eliminen ese documento o que le rebajen el periodo de los 10 años de vigencia una vez concluida su condena, pues se les impiden poder trabajar y hacerle frente a las necesidades de sus familias. En esta sesión se acordó una moción para que el artículo único del Expediente Nro 18650 se lea de la siguiente forma: “EL JEFE DEL REGISTRO CANCELARA LOS ASINTOS DE LOS CONVICTOS POSTERIOR AL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA IMPUESTA POR LA AUTORIDAD JUDICIAL EL PLAZO SE CONTARÁ A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE QUEDÓ EFECTIVAMENTE EXTINGUIDA LA PENA". La funcionaria judicial explicó que entre las propuestas que tiene esa dependencia es rebajar el periodo de 10 años a tres años cuando son delitos menores y a cinco cuando son delitos más graves, sin embargo, también existe el criterio de que se elimine por completo ese periodo de una década sobre todo en los delitos culposos, por considerarse que es una norma inconstitucional que viola los Derechos Humanos y Fundamentales. Estuvieron presentes miembro de la mencionada organización de derechos humanos (FUNDEPRODE) y su Presidente Lic. Hermez I. González Álvarez. Recordó a los diputados que en otros países como Ecuador, Argentina, Colombia entre otros el periodo es menor y como en España en donde no existe este periodo en delitos culposos, por lo que no se puede tratar de iguales cuando son casos diferentes, asevero la licenciada Martha Iris Muñoz Cascante. El criterio de los legisladores de esta comisión es unánime de que ese artículo debe eliminarse por completo, por ser discriminatorio y violador de los derechos. |
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