Defensoría elevará informe a la CIDH sobre Fertilización In Vitro - TicoVisión
Escrito en 29/11/14 a 06:08:21 GMT-06:00 Por Administrador
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Dos años después el país se enfrenta a una clarísima obligación de garantizar que las personas que requieran el acceso al procedimiento -quienes padecen de infertilidad- puedan utilizar la técnica FIV en...

Defensoría elevará informe a la CIDH sobre Fertilización In Vitro - TicoVisión


29 de noviembre de 2014 | TicoVisión | Redacción: TicoVisión | Ctegoría: Salud / Derechos Humanos | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento




Defensoría elevará informe a la
CIDH sobre Fertilización In Vitro



Dos años después de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el Caso Artavia vs. Costa Rica, el país mantiene una deuda frente al sistema regional de derechos humanos y en concreto frente a las parejas y personas que requieren acceder a la técnica médica llamada Fertilización in vitro.

En el año 2010, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos determinó que la prohibición de la FIV, emitida mediante la resolución número 2306 de la Sala Constitucional de fecha 15 de marzo de 2000, violenta a Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) y recomendó al Estado costarricense levantar dicha prohibición, garantizar el acceso a las técnicas de FIV y reparar material y moralmente a las víctimas.

Desde entonces, la Defensoría de los Habitantes ha emitido dictámenes técnicos, ha acompañado a las víctimas y ha realizado acciones de divulgación e incidencia a favor de levantar la prohibición que afecta, tal y como determinó el Tribunal Interamericano, violenta los derechos humanos de las y los habitantes y que impide decidir voluntariamente si se quiere optar de manera informada por la técnica de FIV para atender su situación de infertilidad. La Defensoría, en consonancia con la Corte Interamericana, sostiene que la prohibición constituye una discriminación desproporcionada y una forma de violencia hacia las mujeres.

En razón de que no se tomaron las medidas para permitir el acceso a la técnica FIV, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y las parejas afectadas presentaron la demanda contra el Estado costarricense ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José.   Hace dos años, el 28 de noviembre de 2012, la Corte Interamericana resolvió, entre otros aspectos, que el Estado Costarricense debe levantar la prohibición de fertilización in vitro, regular a la brevedad los aspectos necesarios para su implementación y además, incluir la disponibilidad de la fertilización in vitro dentro de los programas y tratamientos de infertilidad en atención de la salud.

Transcurrido el primer año de la resolución, la Defensoría presentó un informe de seguimiento ante la Corte Interamericana y señaló algunos avances y los principales obstáculos para el cumplimiento de la sentencia. A pesar de que hubo esfuerzos desde algunas fracciones en la Asamblea Legislativa y el compromiso activo de diputadas que han asumido esta lucha, la Defensoría señaló como obstáculos la falta de comprensión del sistema regional de derechos humanos y el papel de Costa Rica en el Sistema; la existencia de acciones técnicas sin acompañamiento político para el impulso del procedimiento legislativo; y desde que la Comisión Interamericana emitió las recomendaciones al Estado Costarricense para levantar la prohibición de la FIV, se visibilizaron estrategias claras por parte de algunos sectores de la Asamblea Legislativa para obstaculizar el avance en la discusión y eventual aprobación de cualquier proyecto de ley tendiente a regular la técnica y garantizar el acceso.

La Defensoría reportó avances en las obligaciones del Poder Judicial en materia de capacitación a las y los operadores del Derecho con el propósito de que las limitaciones a los derechos determinadas por la Corte no se repitan en sentencias futuras.    Actualmente, en razón de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado al Estado Costarricense levantar la prohibición de practicar la técnica FIV en el país, se impone una responsabilidad ineludible a todos los Poderes de la República de tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de la sentencia del máximo Tribunal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
 
Dos años después el país se enfrenta a una clarísima obligación de garantizar que las personas que requieran el acceso al procedimiento -quienes padecen de infertilidad- puedan utilizar la técnica FIV en forma inmediata y  en plena garantía de sus derechos. La Defensoría recuerda a los Poderes de la República que el país, al firmar el acuerdo sede de la Corte Interamericana, se comprometió a respetar las decisiones de ese Tribunal pues, según el artículo 27 de ese instrumento, que es Ley de la República, toda sentencia de la Corte tiene carácter ejecutivo y ejecutorio, tal y como si hubiese sido tomada por los más altos jueces de la República.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27, la Convención de Viena del Derecho de los Tratados, el país no puede alegar disposiciones del derecho interno para incumplir con las obligaciones de un tratado internacional del que es parte.

La Defensoría presentará en los próximos días un nuevo informe ante la Corte Interamericana en el cual dará cuenta del trámite legislativo brindado a las iniciativas que procuran el levantamiento de la prohibición y la regulación de la técnica.

Dos años después del fallo, la Defensoría celebra la decisión del Gobierno de la República de incluir el proyecto dentro de los expedientes convocados en sesiones extraordinarias y exhorta a las y los diputados a ejercer sus competencias para el cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia y a tomar en cuenta que sus decisiones generan responsabilidad internacional.  Hoy reiteramos el compromiso de la Defensoría de los Habitantes con este trabajo conjunto para el avance de los derechos y reconocemos la lucha incansable agradezco de las parejas y grupos organizados.


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