RETENES CONTINUARÁN SIN QUE SE DESACATE RESOLUCIÓN JUDICIAL - TicoVisión |
Escrito en 07/09/10 a 17:24:09 GMT-06:00 Por Administrador |
Ministro anunció que se retomarán a partir del miércoles 7 de Setiembre de 2010 TicoVisión Fuente: MSP San José.- La Fuerza Pública retomará a partir del miércoles la realización de retenes en todo el país, sin que ello implique un desacato a la resolución que sobre este tema emitió la Sala Constitucional, anunció esta mañana el Ministro de Seguridad Pública, José María Tijerino. De acuerdo con lo declarado por Tijerino: “Hoy mismo estaremos redactando la misma directriz para empezar a ejecutar los retenes a partir de mañana.” El titular de Seguridad Pública expresó que: “Seguimos sosteniendo la tesis de que el artículo 140 de la Constitución Política nos da la atribución de velar por la seguridad de todos los ciudadanos y de tomar las disposiciones pertinentes para garantizar las libertades públicas”. YA SALA IV HABÍA DICHO EN DOS OPORTUNIDADES QUE RETENES ERAN LEGALES “Dentro de esas disposiciones están precisamente los retenes, como lo había venido sosteniendo la misma Sala Constitucional en sentencias 10309 del año 2002 y 12992 del año 2004. Nosotros confiamos en que la sala tendrá oportunidad de volver a esa posición que es la que juzgamos correcta, pero también, como hombres de ley, somos conscientes de que no podemos desobedecer las resoluciones de la Sala”, argumentó el jerarca, quien dijo que respetará la decisión de los señores magistrados, pese a no compartirla. Al ampliar sobre esas sentencias, Tijerino dijo que ambas son coincidentes, pues en el caso de la N° 10309, indicó que en cuanto a lo denunciado por el afectado se indica que: “ las autoridades recurridas lesionan sus derechos fundamentales al ordenar y ejecutar revisiones a todos los individuos que transitan a lo largo de la carretera interamericana, haciendo descender de sus vehículos, taxis y autobuses y revisando indiscriminadamente sus equipajes y enseres personales.” La respuesta de la Sala Constitucional, la cual desestimó el recurso fue: “Las actividades desplegadas por las autoridades son compatibles con las competencias y atribuciones de prevención y vigilancia a su cargo” “Se está refiriendo a la policía preventiva, atribuciones de prevención y vigilancia a su cargo, la sala desestima el recurso y en los mismos términos se pronuncia dos años más tarde en la sentencia 12992. Claramente la Sala reconoce que es una atribución legal derivada de sus competencias este de proceder a los retenes y al registro de vehículos”, acotó el titular de Seguridad Pública. SALA DEJÓ UN ESTRECHO MARGEN PARA QUE LA FUERZA PÚBLICA ACTÚE Tijerino explicó que, dentro del estrecho margen que deja la Sala Constitucional para establecer los retenes, la Fuerza Pública va a continuar con este procedimiento policial, peso a que ello va a demandar mayores esfuerzos. Entre estos apuntó que tendrá que haber una mayor coordinación con la Policía Judicial, pero que los retenes van a continuar sin entrar en desobediencia de la resolución de la Sala Constitucional. “Nosotros buscaremos la “noticia críminis” que exije la última resolución de la Sala en las denuncias que se reciba en cada una de las delegaciones del Organismo de Investigación Judicial, aunque insisto la resolución de la Sala es una clara merma de un desconocimiento de las potestades del Poder Ejecutivo otorgadas por el artículo 140 de la Constitución Política.” “NOS ESTÁN EXIGIENDO ACTUAR COMO POLICÍA REPRESIVA” El jerarca comentó que la realidad social del país y el accionar de la delincuencia es lo que justifica la realización de los retenes como medida preventiva, pero que la Sala Constitucional lo que está haciendo es exigirle a la Fuerza Pública actuar como policía represiva. Es por ello que según dijo: “tendremos que buscar la noticia críminis, es decir la noticia de que se ha cometido un delito en las denuncias recibidas por la Policía Judicial, como ven hay una confusión total de conceptos de policía preventiva y policía preventiva, bueno, nos vamos a acomodar a ese criterio aunque definitivamente no lo compartamos con la esperanza de que la Sala vuelva a la posición externada en las sentencias ya referidas.” EN LOS RETENES NO SE DETIENE A NADIE, A MENOS QUE COMETA UN DELITO De acuerdo con lo explicado por Tijerino, el fundamento de esta resolución, cuyo razonamiento aún no le ha sido comunicado, es el artículo 37 de la Constitución, el cual lo que hace es garantizar la libertad personal, pues incida que “Nadie podrá ser detenido”. Sin embargo, explicó que “en un retén no se detiene a nadie, salvo que sea un delincuente prófugo o se le encuentre in fraganti, es decir se le encuentre droga, pues se le detiene, no en virtud del retén, sino por la droga, de conformidad con el mismo artículo de la Constitución” AL NARCOTRÁFICO SE LE FACILITARÍA SU TAREA Al ser consultado sobre las consecuencias jurídicas de esta resolución, el Ministro de Seguridad explicó que en caso de que se detenga a una persona en un retén tal y como se hacía antes, es decir contrariando el criterio de la Sala IV, eso tendría una repercusión directa en todos los procesos en los que se trata de incorporar una prueba obtenida mediante un retén, pues se invalidaría la prueba. “Y en cuanto al narcotráfico, pues se le facilita su tarea, pues no existirían los controles que estábamos ejerciendo hasta el día de ayer”, adujo el jerarca al valorar las consecuencias de la resolución de los magistrados constitucionales en la lucha antidrogas. JUM |
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