OPERATIVOS Y RETENES CONTINUARÁN EN TODO EL PAÍS - TicoVisión
Escrito en 10/09/10 a 05:13:11 GMT-06:00 Por Administrador
Noticias Costa Rica
Ministro de Seguridad hizo anunció ayer por la tarde


OPERATIVOS Y RETENES CONTINUARÁN EN TODO EL PAÍS - TicoVisión


10 de Setiembre de 2010
TicoVisión
Fuente MSP



San José.- A raíz de la resolución de la Sala Constitucional de no realizar retenes en tanto no exista indicio comprobado  de  un delito o noticia “criminis”,  de acuerdo con el artículo 37 de la Constitución Política, el Ministro de Seguridad Pública,  José María Tijerino, pese a no compartir el criterio de la Sala Constitucional, pero actuando bajo el principio de obediencia y respeto absoluto a la Constitución Política, tomó una serie de decisiones con el fin de mantener el orden y la tranquilidad en el país.

En primera instancia ordenó a todos los jefes policiales continuar con los operativos y retenes, con el fin de preservar la defensa y seguridad del país, así como para que el ciudadano se sienta protegido del hampa y el crimen organizado, como una medida necesaria para el resguardo de las libertades públicas.

“Esto lo hacemos sin perjuicio de la obligación de seguir ejecutando todas las demás actuaciones policiales ordinarias que normalmente se desarrollan, conforme lo establece la Ley General de Policía”, señaló el jerarca de Seguridad Pública.

ORDEN EXPRESA

El Ministro de Seguridad fue tajante al señalar que los retenes policiales en vía pública a partir de este momento y hasta nueva orden podrán ser ordenados y ejecutados, de conformidad con lo ordenado por la Sala Constitucional,  únicamente cuando medie una denuncia o exista un indicio comprobado de la comisión de un delito en cualquier zona del territorio nacional, que amerite la inmediata instauración del retén.

Sostuvo además que la Fuerza Pública  aplicará el reten cuando medie para ello una serie circunstancias como las siguientes:


1.   En los casos de la comisión de delitos en flagrancia, una vez que la autoridad policial entre en conocimiento de los hechos, sin perjuicio de las acciones policiales que vayan a desarrollar inmediatamente.

2.   Cuando se denuncie la comisión de un delito de manera verbal o por la vía telefónica.

3.   Cuando por medio del sistema del 911 se hace del conocimiento de la autoridad policial, de la comisión de un delito, que por el tiempo que ha transcurrido entre la comisión del mismo y la noticia criminis, por parte de la autoridad policial permita la aprehensión de los posibles responsables.  

4.   Los retenes también se efectuarán cada vez que medie solicitud expresa de la autoridad judicial, del Ministerio Público, como colaboración para con el Organismo de Investigación Judicial o la Policía de Control de Drogas, en virtud de una investigación desarrollada por estas autoridades, que deberá ser debidamente consignada.

En todas las acciones se deberá documentar el acto y se levantará un acta en la que se señalen las calidades del denunciante y los hechos que fundamenten la intervención policial.

INFORMACION COMPLETA

Cabe señalar, además, que la policía informará directamente  a transeúntes o personas que han sido abordadas en sus vehículos de manera puntual los hechos que motivan el retén, de las acciones que se están tomando y que la acción se justifica en aras de la protección de sus mismos derechos.

“Hemos instruido a nuestros oficiales a que el abordaje  debe realizarse de manera muy respetuosa y siempre invitando a las personas a colaborar con el desarrollo de las acciones policiales”, aseguró en Ministro Tijerino.

Es importante resaltar para que la ciudadanía lo sepa y valore,  que los  funcionarios policiales deberán estar debidamente uniformados, identificados y tomar todas las medidas necesarias para el resguardo de la vida, integridad física tanto suya, como de las personas que sean abordadas.

Este tipo de operaciones tendrán una duración determinada de conformidad con las circunstancias que exija cada caso concreto; y bajo ninguna condición podrán tener una duración indeterminada.   JPM





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