MEIC realizó seminario sobre reformas al reglamento - TicoVisión
Escrito en 03/12/10 a 23:46:27 GMT-06:00 Por Administrador
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MEIC  realizó seminario sobre reformas al reglamento a Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor - TicoVisión



Reforma brinda mayor claridad y seguridad jurídica para los administrados, en temas como: transparencia en la publicidad, reglas claras para las ofertas y promociones, garantía de los productos y servicios ofrecidos, ventas a plazo y espectáculos públicos.


04 de Diciembre de 2010
TicoVisión
Costa Rica








San José.- Ayer por la mañana, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, (MEIC), realizó el Seminario sobre las reformas al reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, (Ley 7472) con el fin de exponer a empresarios, abogados y cámaras empresariales las reformas en el reglamento de esta ley.

Durante la actividad participaron el Viceministro de Economía, Luis Álvarez; la Directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor, Cynthia Zapata; la Directora de Comisión para Promover la Competencia, (COPROCOM), Victoria Velásquez y la Directora de la Dirección Estudios Económicos, Guisella Chávez.

La reforma integral al reglamento de la Ley de la Promoción de la Competencia y la Defensa Efectiva del Consumidor (Ley N° 7472), fue publicado el pasado 1 de noviembre, donde se incluyen los principales alcances de estas modificaciones.

Dentro de las principales innovaciones destacan: brindar mayor claridad y seguridad jurídica  en materia de publicidad, información al consumidor, ofertas y promociones, garantía, verificación de mercados, ventas a plazo, o a futuro, de bienes y servicios.

Asimismo, agrupa las definiciones por temas medulares para facilitar su comprensión y aplicación. Entre estos incluye conceptos nuevos sobre publicidad, clarifica la regulación de venta de bienes y servicios a crédito estableciendo la información mínima que debe entregarse al consumidor en la formalización y ejecución de ese tipo de contratos.

“Con la entrada en vigencia de estas reformas logramos fortalecer la capacidad jurídico administrativa de la institución para responder de una manera más efectiva y oportuna a los requerimientos de esos usuarios, siendo consecuentes con las políticas que hemos venido impulsando en competencia y simplificación de trámites, así como también logramos actualizar la normativa para que responda de una mejor manera a las características del mercado actual”, expresó el Viceministro.

Por otro lado, establece la obligatoriedad de los organizadores de conciertos y espectáculos públicos de hacerse responsables ante el consumidor por la cancelación o variación de las condiciones ofrecidas y establece un procedimiento para la comunicación de este tipo de circunstancias con el fin de proteger los intereses colectivos.

Para el retiro de productos del mercado, en el caso de productos defectuosos o inseguros, se incorpora más claridad en el trámite correspondiente. Otro de sus cambios es el establecimiento de un procedimiento más ágil para el trámite de las denuncias ante la Comisión Nacional del Consumidor, que incluye mayor flexibilidad para la notificación de los actos administrativos.

También, se establecen las regulaciones para el funcionamiento de las organizaciones de consumidores de la Red de Asociaciones de Consumidores, designando a la Dirección de Apoyo al Consumidor como su Secretaría Técnica.

En materia de promoción y competencia, el reglamento realiza mejoras en  el procedimiento de comunicación voluntaria de concentraciones entre empresas, que tienen como fin que las operaciones de los agentes económicos que pretendan concentrarse, para que tengan mayor seguridad jurídica y sean sometidas al análisis previo de la COPROCOM, con el fin de evitarles consecuencias posteriores.  

En cuanto a los sistemas de ventas a plazo, las cuales regulan bienes muebles, sujetos a una prestación futura como clubes de viaje, funerarias y planes vacacionales,  se estableció lo relativo al derecho de “retracto”- para las ventas a domicilio-, destacando que tienen derecho a retractarse todos los consumidores que hayan sido abordados mediante mecanismos de “venta bajo presión”, o acudiendo a invitaciones para la presentación de diversos bienes y servicios; dándoles la oportunidad de “meditar” su decisión durante los 8 días posteriores a la ejecución de  la compra.

Finalmente, es importante destacar que el nuevo Reglamento se ajusta a las disposiciones vigentes en materia de mejora regulatoria y simplificación de trámites mejorando procesos en la atención para beneficio de los usuarios.









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