Municiones en racimo - TicoVisión |
Escrito en 15/12/10 a 05:35:50 GMT-06:00 Por Administrador |
15 de Diciembre de 2010 TicoVisión Fuente:AL Costa Rica San José.- Los diputados por unanimidad aprobaron en segundo debate el expediente 17381 Aprobación de la Convención sobre municiones en racimo, al conocerse esta tarde la resolución de la Sala Constitucional sobre este proyecto de ley, al considerar que no roza con la Constitución Política. La “Convención sobre Municiones en Racimo” fue suscrita por Costa Rica, en la ciudad de Oslo, Noruega, el 3 de diciembre de 2008, consta de 23 artículos. En su primer artículo, y como parte de las obligaciones y ámbito de aplicación, los Estados parte son conscientes de que: bajo ninguna circunstanciase debe emplear, desarrollar, producir, adquirir, transferir o adquirirlas municiones racimo, tampoco se debe alentar o inducir a participar en la actividad, esto aplica para las denominadas bombetas explosivas y no aplica para las minas. Una de las características más nocivas de las municiones y bombas en racimo, es que al caer se fragmentan en centenares de submuniciones, dispersándose al momento del impacto. Muchas de esas bombas no explotan al caer, si no que una vez dispersas por los campos, se convierten en letales explosivos de impacto expansivo. Se convierten, por ejemplo, en juguetes de colores para la infancia que crece y juega por lo campos de las regiones en conflicto. El área afectada pasa a ser un amplio campo minado, con un peligro evidente para los habitantes de la zona, durante el conflicto armado, manteniéndose indefinidamente en el área afectada hasta su desactivación. Se conoció también la resolución de la Sala Constitucional sobre del expediente 17278 Aprobación del acuerdo de transporte aéreo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Paraguay y su anexo. Esta iniciativa fue enviada a la Comisión Especial de Consultas de Constitucionalidad por un plazo de ocho días. |
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