Defensoría solicitó a la CCSS garantizar servicios médicos complementarios en Osa - TicoVisión |
Escrito en 22/12/10 a 09:15:48 GMT-06:00 Por Administrador |
22 de Diciembre de 2010 TicoVisión Fuente:Defensoría Costa Rica San José.- La Defensoría de los Habitantes pidió a las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social emprender las acciones necesarias para garantizar la prestación de los servicios de salud en el cantón de Osa, debido a que desde el año 2007 el Ministerio de Salud ordenó el cierre de la Clínica de Palmar Sur y a la fecha, algunos de los servicios médicos complementarios siguen sin brindarse. El cierre se sustentó en el criterio técnico y las recomendaciones dadas por parte del equipo de Ingeniería, Arquitectura y de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud, quienes tomaron en consideración la edad del inmueble, el sistema constructivo así como el incumplimiento de la normativa de funcionamiento. La clínica brindaba servicios básicos de un EBAIS y complementarios de laboratorio, rayos x, farmacia y de emergencias. Según información proporcionada por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, la CCSS presentó un plan remedial el cual ha ido cumpliendo poco a poco. Así por ejemplo, actualmente se encuentra en funcionamiento el EBAIS y se alquiló una casa y una bodega adjunta, con el fin de ofrecer a la población los servicios complementarios que precedentemente le habían sido otorgados. Para tal efecto, la casa cumplió con los requisitos sanitarios y viabiliza la prestación de servicios de laboratorio, no obstante, la bodega, que se pretendía fuera utilizada para el servicio de urgencias 24 horas, aún no cumple con los requerimientos legales. Así las cosas, para poder acceder a los servicios que actualmente no se prestan, las y los habitantes de Palmar Sur deben acudir al Hospital Tomás Casas, ubicado en Ciudad Cortés a 13 kilómetros de distancia. Ante este panorama, considera la Defensoría que las acciones emprendidas por la CCSS no han respondido aún con celeridad para atender a esta población, lo que puede significar una regresión de derechos que resulta inaceptable. “Las modificaciones que realice la CCSS deben siempre garantizar la progresividad en los derechos de las personas, y no implicar una lesión a los intereses de la comunidad. La alternativa de servicios que se ofrezca, si bien no necesariamente disponga de las mismas características que la anterior, debe responder con la misma oportunidad, continuidad, accesibilidad, celeridad, eficiencia y eficacia que la precedente”, dice el Informe elaborado por la Defensoría de los Habitantes. Para tal efecto, la Defensoría solicitó a la CCSS proyectar, planificar, presupuestar y ejecutar los proyectos que se ajusten a los requerimientos poblacionales. Asimismo pidió a las autoridades del Ministerio de Salud fiscalizar el cumplimiento de la obligación de prestación de servicios de la CCSS en la zona, dentro de los parámetros que establece el ordenamiento jurídico y garantizando el respeto de los derechos humanos que les asisten. |
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