Fijan fechas para elegir magistrado - TicoVisión |
Escrito en 21/01/11 a 07:06:31 GMT-06:00 Por Administrador |
21 de Enero de 2011 TicoVisión Fuente:AL Costa Rica San José.- El Presidente de la Asamblea Legislativa, Luis Gerardo Villanueva Monge, anunció hoy el acuerdo tomado durante la reunión de jefes de fracción para dedicar la totalidad de las sesiones del próximo lunes, martes y jueves para discutir la elección de un nuevo Magistrado a la Sala Constitucional en sustitución de Adrián Vargas Benavides. Para el caso de la Sala Constitucional, la Comisión de Nombramientos recomendó una lista de 10 profesionales, de los 26 postulados, integrada por Rodolfo Piza Rocafort, Julio Jurado Fernández, Paul Rueda Leal, Rosa María Abdelnour Granados, Ronald Salazar Murillo, Enrique Ulate Chacón, Fernando Bolaños Céspedes, Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Jorge Araya García y Doris María Arias Madrigal. Para lograr el nombramiento se necesita que alguno de los candidatos logre 38 votos con lo cual ocupará el puesto por un periodo de 8 años con opción a reelección. Asimismo los diputados conocieron una nota de la Corte Plena sobre la decisión de reelegirse de la Magistrada de la Sala Primera, Carmen María Escoto Fernández, a quien le vence el nombramiento el próximo 18 de febrero, por lo cual se envió el expediente a la Comisión de Nombramientos para que rinda un informe en un plazo de 8 días. Está Sala constituida por cinco magistrados y conoce los recursos de casación y revisión que procedan, en las materias Contencioso Administrativa, juicios ordinarios civiles, comerciales y agrarios, cuyas cuantías sean iguales o mayores a 750.000 colones. Así como del cumplimiento de sentencias pronunciadas por tribunales extranjeros, con arreglo a los tratados y leyes vigentes. Ratifican 3 Convenios Internacionales El primer convenio aprobado hoy de forma unánime en segundo debate es sobre la transparencia en las adquisiciones de armas convencionales que tiene como objetivo contribuir plenamente a la apertura y transparencia regional en la adquisición de armas convencionales, mediante el intercambio de información. La Convención establece la obligación de presentar informes anuales sobre las importaciones y exportaciones de armas convencionales, o en su caso, un informe nulo sobre estas actividades si no las ha realizado, ante el depositario del Convenio, o sea la Secretaria de la Organización de Estados Americanos (OEA). En dicho convenio se define que dicho informe debe contener lo relacionado a la adquisiciones e incorporación de las armas convencionales a los inventarios de las fuerzas armadas, así como los carros de combate, vehículos blindados de combate, sistemas de artillería de gran calibre, aviones de combate, helicópteros de ataques, naves de guerra y mísiles y lanzamísiles. También se debe notificar acerca de las adquisiciones de armas convencionales, cuando éstas han sido importadas o bien producidas nacionalmente. La notificación debe efectuarse a más tardar noventa días después de haber sido incorporadas a los inventarios de las fuerzas armadas. Se establece, además, que los Estados podrán consultarse acerca de la información; que las discrepancias podrán resolverse de manera pacífica; y que cada siete años después de la entrada en vigor de la convención y tras la propuesta de una mayoría de Estados Parte, el depositario convocará a conferencia para evaluar la aplicación del convenio y considerar otras medidas de transparencia. Otro de los proyectos que recibió el aval de los congresistas es el referido a la aprobación del acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional (CPI). Este convenio contempla disposiciones sobre privilegios e inmunidades de la Corte, además de la inviolabilidad de sus locales y regula lo referente a facilidades de comunicaciones y ejercicio de las funciones fuera de la sede. Se establecen, además, disposiciones sobre inmunidades y privilegios para los representantes de Estados que participen en la Asamblea de la Corte y en sus órganos subsidiarios, para los magistrados, fiscales y secretarios de la CPI, así como para abogados y testigos, víctimas, peritos y otras personas cuya presencia se requiera en la Corte. El acuerdo contempla, también, regulación sobre cooperación de los Estados Parte con las autoridades y la renuncia a los privilegios e inmunidades, incluyendo aspectos sobre exención de cargas de seguridad social, documentos de viaje y arreglo de controversias con terceros y sobre la aplicación del acuerdo. El último convenio aprobado es el proyecto de Ley para la aprobación del Convenio para Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, mejor conocido como Convenio de Montreal 1999 que viene a regular lo referente al transporte internacional de personas, equipaje o carga efectuado en aeronaves, sea remunerado o gratuito. Con este nuevo instrumento se viene a dar más claridad en las normas sobre documentación y obligaciones de las partes relativas al transporte de pasajeros, equipaje y carga, así como a la responsabilidad del transportista y prevista por muerte o lesiones de pasajeros, retraso o problemas con el equipaje o la carga. |
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