Reinició discusión sobre reforma a la Sala IV - TicoVisión
Escrito en 27/01/11 a 07:03:24 GMT-06:00 Por Administrador
Noticias Legislativas
Reinició discusión sobre reforma a la Sala IV

TicoVisión

“Es el paradigma de la supremacía del derecho individual sobre los derechos de la sociedad"


27 de Enero de 2011
TicoVisión
Fuente:AL
Costa Rica



Reinició discusión sobre reforma a la Sala IV


Juzgue usted

Ayer por la tarde la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos reinició la discusión de la Reforma a la Jurisdicción Constitucional o Sala Cuarta, bajo el proyecto 17743.
Se tramitaron más de cuatro mociones y una de ellas generó bastante tiempo de análisis, se trató de una modificación propuesta por el diputado José María Villalta Florez-Estrada.

La idea del legislador era mantener la suspensión del acto administrativo de oficio al momento de la presentación de los recursos de amparo ante la Sala tal y como funciona en la actualidad.

“El legislador que aprobó la Ley de la Jurisdicción Constitución dejó como regla general que cuando el amparo es admitido y justificado la interposición del recurso debe suspender la aplicación al recurrente de lo cuestionado”.

Sin embargo, la mayoría de los legisladores del grupo legislativo piensa que debe transformarse esa función de la Sala, a fin de que al momento de acogerse el recurso la institución valore si suspende el acto o no de acuerdo con el perjuicio o beneficio tanto para el recurrente como para la ciudadanía en general.

El texto sustitutivo acogido el año pasado ya contempla esa modificación que para el diputado Francisco Chacón González es necesaria ya que considera que el sistema no ha funcionado de la mejor manera en los últimos años.

“Es el paradigma de la supremacía del derecho individual sobre los derechos de la sociedad”, indicó Chacón.

Por su parte, el congresista Luis Fishman Zonzinsky coincide con Chacón en que es necesario eliminar la suspensión automática porque sería más peligroso afectar a la mayoría por defender una sola persona.

“Por principio fundamental y por experiencia yo estoy de acuerdo en que debe transformarse lo que en un principio cuando se generó la Ley de Jurisdicción Constitucional se creó y fue la suspensión automática, así como está en el artículo 41 hay que reformarla”.






Noticias y Comentarios por: TicoVisión Costa Rica
Los Comentarios son responsabilidad de los que lo publican, por lo tanto no nos haremos responsables de su contenido.