CCSS debe definir futuro de programa de transplantes de hígado - TicoVisión |
Escrito en 17/02/11 a 08:37:20 GMT-06:00 Por Administrador |
El llamado de la Defensoría responde a una investigación de oficio relacionada con el funcionamiento de dicho programa de la CCSS realizada por el Area de Calidad de Vida. 17 de Febrero de 2011 TicoVisión Redacción/Defensoría Costa Rica Defensoría pidió a CCSS definir futuro de programa de transplante de hígado La Defensoría de los Habitantes solicitó a las autoridades de la Gerencia Médica de la Caja Costarricense de Seguro Social, disponer las normas que regirán el Programa de Transplantes de Hígado, así como regular las condiciones en las cuales se presta el servicio. El llamado de la Defensoría responde a una investigación de oficio relacionada con el funcionamiento de dicho programa de la CCSS realizada por el Area de Calidad de Vida. El Centro de Transplante Hepático y Cirugía Hepatobiliar fue creado por acuerdo de la Junta Directiva de la Caja en julio del 2004, motivada por las necesidades y demanda de las y los pacientes y de la misma Defensoría de los Habitantes. El objetivo de este Centro es dar atención a la población con enfermedades terminales del hígado que requieran trasplante o cirugía compleja de hígado, como los pacientes con cáncer. Cumple además el Centro de Trasplante una función de guía, creadora de lineamientos y estandarización de tratamiento a nivel nacional. En el año 2008 y por un acuerdo de la misma Junta Directiva se decidió trasladar físicamente los equipos y funcionarios del Centro en forma definitiva al Hospital México, incorporándose por completo a su estructura organizacional y dependiendo de la Dirección General de dicho hospital. En un informe rendido a la Defensoría, la Dirección de este Centro indicó que depender de cada uno de los departamentos del Hospital México impide una ejecución pronta y ágil en beneficio del paciente y el cumplimiento de metas grupales. Además, que esta modalidad impide la adecuada justificación de los recursos financieros destinados al cuido de los pacientes con enfermedades terminales del hígado. “Se desestructura el Centro de Transplante y cada uno de los objetivos por especialidad o área no corresponden a los del Centro, sino al PAO de cada uno de los departamentos del Hospital México. Cualquier modificación o actividad que lleve a cabo cualquier funcionario del Centro debe ser avalada por la jefatura de su departamento”, explicó a la Defensoría en su oportunidad la Dra.Amalia Matamoros, en su condición de Directora del Centro de Transplante Hepático y Cirugía Hepatobiliar. Matamoros agregó que se incorporó personal del Hospital México al Centro, tal es el caso del equipo de enfermería, el cual fue sustituido por completo; situación que a su criterio es desfavorable ya que el estándar hospitalario de masificación de la atención no cumple con el perfil necesario para el cuidado de estos pacientes, pues la modalidad de trabajo del Centro es personalizado, enfocado a la buena y pronta atención del paciente. Conoce la Defensoría que debido a esta situación se dejaron de realizar transplantes de hígado, ya que las autoridades del Centro alegaron que no se encontraban en condiciones para garantizar el cuidado del paciente. Asimismo, consta en el estudio que realizó la Defensoría varias notas suscritas por el personal médico y dirigidas a las autoridades del Hospital, mediante las cuales se evidencian posibles inconvenientes que existen en el servicio e incumplimiento de protocolos u otras situaciones que pueden generar impactos severos en el proceso de atención de los pacientes. Tras una consulta realizada por la Defensoría, específicamente sobre las acciones implementadas para atender directamente las dificultades y problemas que enfrenta el Programa, las autoridades del Hospital México alegaron, entre otras cosas, que se han adquirido equipos de alta tecnología para los distintos tratamientos; que se trasladó el manejo de medicamentos a la farmacia del Hospital para garantizar una adecuado uso de los mismos; y que la sustitución del personal de enfermería se dio con funcionarios que cumplen altos estándares en la formación para la atención de pacientes en estado crítico. Ante este panorama, considera la Defensoría que la disposición de los recursos, la planificación y la ejecución de los mismos es un asunto de resorte institucional que debe resolver la CCSS, pero frente al cual el usuario no debe recibir las consecuencias. Es decir, debe la institución ordenar sus recursos (humanos, técnicos, equipamiento entre otros), de tal suerte que se garantice una atención oportuna y de calidad que solvente los problemas de salud de la persona que se trate. “Las causas que han distorsionado la ejecución de trasplantes, no refieren únicamente a la carencia de los órganos donados para el correspondiente trasplante, sino más bien, a problemas de organización, jerarquía y funcionamiento propios del programa, originados a criterio de esta Defensoría en la ausencia de claridad, en las disposiciones que gira la Junta Directiva de la CCSS, que podrían haber sido complementadas con explícitas disposiciones de la Gerencia Médica”, dice el Informe Final con Recomendaciones. Considera la Defensoría que urge la definición y facilitación de procesos que permitan garantizar la atención de la salud de estos pacientes, la cual incide determinantemente en sus condiciones de vida. Así las cosas, la Defensoría de los Habitantes solicitó: A la Gerencia Médica de la CCSS. Disponer las condiciones y normas que regirán el programa de trasplante hepático. Definiendo si se adscribe a un hospital o se realiza en forma generalizada. Y girar instrucciones respecto de la implementación, en cuanto a equipamiento, procedimientos, protocolos, recursos humanos cualificados que deben formar parte del programa, así como responsables y competencias. A la Dirección Médica del Hospital México: Garantizar que el personal del hospital que se le asigne al programa, cumpla con el perfil requerido para tal y velar por el cumplimiento de las normas y protocolos que se demanden por cada una de las direcciones de servicio que intervengan. Al Centro de Trasplante Hepático: Continuar con la prestación del servicio público que se le asignó siempre que las condiciones de salud de los pacientes y órganos lo permitan. |
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