Anoche arrancó la ''Ley Seca'' en Costa Rica - TicoVisión |
Escrito en 21/04/11 a 09:14:42 GMT-06:00 Por Administrador |
- La violación de sellos es un delito que se castiga con penas de hasta dos años de prisión. - Policías apoyarán a municipalidades en el cumplimiento de la “Ley Seca”. 21 de abril de 2011 | TicoVisión | Redacción - | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento Anoche arrancó la ''Ley Seca'' en Costa Rica Cerca de las 8 de la noche de este miércoles dio inicio el cierre de los expendios de licores, en acatamiento a lo estipulado por la “Ley de Regulación de horarios de Funcionamiento en Expendios de Bebidas Alcohólicas”. Así lo explicó el Director General de la Fuerza Pública, comisario Juan José Andrade, quien declaró que pese a que la restricción a las ventas de licor rigen a partir de las 00:00 horas del Jueves Santo, algunos propietarios de negocios incluso llaman para que la Fuerza Pública se apersone desde algunas horas antes y les sellen el local. Esta labor la realiza la Fuerza Pública conjuntamente con los departamentos de patentes de las 81 municipalidades del país y, según comentó el jerarca policial, se permitirá quitar los sellos respectivos hasta después de la medianoche del Viernes Santo, es decir que los expendios reabrirán normalmente el sábado 23 de abril, según lo establecido por la citada ley. Es por ello que, en estricto apego a nuestro ordenamiento jurídico y con la finalidad de que la población de credo católico pueda conmemorar la Semana Santa en un ambiente de tranquilidad y seguridad, todas las unidades de la Fuerza Pública procederán a partir de la noche del miércoles al cierre temporal de los establecimientos comerciales dedicados, como actividad principal, a expender bebidas alcohólicas. Asimismo, los negocios que expendan bebidas alcohólicas como actividad secundaria, tales como hoteles, supermercados y restaurantes permanecerán abiertos en las fechas indicadas, pero los estantes u otras partes de los establecimientos donde se almacene o venda licor serán sellados. SANCIONES Según lo dispuesto en el artículo 312 del Código Penal será sancionado con penas de “prisión de tres meses a dos años, el que violare los sellos puestos por la autoridad sobre una cosa”, por lo que los sellos no deberán ser quitados antes de las 00:00 horas del sábado 23 de abril. De igual modo el artículo 307 del citado código establece que “Se impondrá prisión de quince días a un año al que desobedeciere la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención.” En caso de que los oficiales de la Fuerza Pública identifiquen a alguna persona que viole los sellos, se le detendrá y se pondrá a las órdenes del Ministerio Público, al igual que quienes realicen ventas clandestinas de licor. Andrade agregó que la Fuerza Pública estará alerta en caso de que se reciban denuncias acerca de ventas ilegales de bebidas alcohólicas. SRLM |
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