Guía a docentes en aplicación de boletas de conducta - TicoVisión |
Escrito en 27/04/11 a 08:29:34 GMT-06:00 Por Administrador |
La confección de boletas de conducta no sólo es un tema que preocupa a las y los estudiantes, sino también a maestros y profesores... 27 de abril de 2011 | TicoVisión | Redacción - AL | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento La Defensoría guía a docentes en aplicación de boletas de conducta San José.- La Sede Regional Brunca de la Defensoría de los Habitantes impartió, recientemente, una charla sobre los lineamientos legales para la “Aplicación del Debido Proceso y Derecho de Defensa en la confección de Boletas de Conducta”; la cual estuvo dirigida a las y los docentes de la escuela Santa Cruz y del Colegio Técnico Profesional, ambos centros educativos ubicados en el cantón de Buenos Aires, Puntarenas. La confección de boletas de conducta no sólo es un tema que preocupa a las y los estudiantes, sino también a maestros y profesores quienes han manifestado la necesidad de disponer de más información para su debida aplicación. Así las cosas, en respuesta a esta inquietud es que la Regional de la Defensoría viene ofreciendo este tipo de charlas. “En los diferentes acercamientos que hemos tenido con estudiantes y docentes de Pérez Zeledón, Buenos Aires y Osa, se ha evidenciado que las mismas autoridades administrativas y docentes manejan poca información respecto a los principios rectores que deben ser aplicados al momento de una eventual sanción contra el/la estudiante, de ahí la importancia de estas charlas”, dijo Roberto Deprado, coordinador de la Sede Regional Brunca. Cuando el estudiante cometa una falta establecida en el Reglamento Interno de la institución, deberá aplicársele una acción correctiva, cuya finalidad esencial es formativa. Además, esta acción debe atender los intereses superiores del estudiante, respetar sus derechos individuales, estar acorde con la falta cometida y debe procurar un cambio positivo en su comportamiento social. Así como es posible la aplicación de sanciones, éstas deben garantizar el desarrollo del debido proceso y permitir el ejercicio del derecho de defensa; donde se debe contemplar en todo momento las garantías mínimas de defensa para los estudiantes y sus padres: comunicación de los hechos, de las medidas correctivas a aplicar, acceso al expediente, posibilidad de presentar las pruebas de descargo, hacerse representar por un abogado, de replicar las decisiones de la autoridad educativa así como la motivación y razonabilidad de la sanción que en última instancia se aplique. Cabe destacar que una gran cantidad de solicitudes de intervención que presentan padres de familia y estudiantes ante la oficina regional de la Defensoría versan sobre este tema. |
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