Comunicación y acceso a Internet derecho constitucional - TicoVisión
Escrito en 28/06/11 a 16:28:49 GMT-06:00 Por Administrador
Noticias Costa Rica
  • Costa Rica sería el primer país del mundo en incluir estos derechos en su Constitución Política.
  • “El Compromiso Social Digital debe ser la nueva gran meta del país” dijo el Presidente.

Comunicación y acceso a Internet derecho constitucional - TicoVisión


29 de Junio de 2011 | TicoVisión | Redacción - | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



Presidente Legislativo promueve  derecho constitucional
a la Comunicación y al acceso a Internet



Diputado Juan Carlos Mendoza, Presidente de la Asamblea Legislativa
El Presidente de la Asamblea Legislativa, Juan Carlos Mendoza, presentó una reforma al artículo 29 de la Constitución Política, para que se reconozca el derecho a la comunicación y al acceso a las tecnologías de información y comunicación en banda ancha.

Con esta reforma constitucional -Expediente Nº 18172- Costa Rica sería el primer país del mundo que constitucionalice el derecho de acceso a Internet en banda ancha a tarifas asequibles con garantía del Estado.

Algunos países europeos han aprobado legislación sobre el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación. Finlandia, Suiza, Estonia, Francia y Grecia tienen leyes para garantizar el acceso a Internet.

“Hemos sido un país pionero en la defensa de la paz y la protección del medio ambiente. Es el momento de formalizar un nuevo Compromiso Social Digital, que garantice oportunidades de crecimiento y formación a la juventud costarricense y a las y los emprendedores. Este proyecto de reforma constitucional da sustento a esa nueva gran meta nacional”, dijo el Presidente Legislativo, Juan Carlos Mendoza.

Mendoza considera Internet como una herramienta fundamental de movilidad social. Su acceso asegura el disfrute efectivo del derecho a la libertad de expresión, mejora la productividad de las empresas, facilita el acceso a la cultura, permite nuevos mecanismos de interacción social, y profundiza el derecho a la educación.

El Artículo 29 de la Constitución Política quedaría de la siguiente forma:
“Toda persona tiene derecho a la comunicación. El acceso en banda ancha a las tecnologías de información y comunicación es un derecho fundamental garantizado por el Estado. Todos pueden expresar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura; pero serán responsables de los abusos que cometan en el ejercicio de este derecho, en los casos y del modo que la ley establezca.

La ley determinará la forma en que el Estado garantizará el acceso en banda ancha a las tecnologías de información y comunicación”.

A partir de la aprobación de esta norma constitucional, la Asamblea Legislativa tendrá un plazo de 6 meses para aprobar una ley que garantice el derecho fundamental de acceso en banda ancha a las tecnologías de información y comunicación, a tarifas asequibles.





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