Regulador de ARESEP cumple funciones legales - TicoVisión |
Escrito en 23/07/11 a 10:04:31 GMT-06:00 Por Administrador |
El Regulador General Dennis Meléndez cumple con las funciones legales contenidas en la ley 7593 23 de Julio de 2011 | TicoVisión | Redacción - | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento Regulador de ARESEP cumple funciones legales El Regulador General Dennis Meléndez cumple con las funciones legales contenidas en la ley 7593, reformada en el 2008 con la promulgación de la ley 8660 (Ley de Fortalecimiento y Modernización de las entidades públicas del sector de telecomunicaciones). La ley actual excluye la función de fijar tarifas al Regulador General; a cambio se le atribuyen otras responsabilidades, como ejercer acciones para fortalecer la credibilidad de la institución, velar por los usuarios y otras actividades administrativas. La función de fijar tarifas recae en la ARESEP como institución´y la Junta Directiva es la encargada de definir a quien se le delega. La ley actual, en el artículo 57, establece las siguientes funciones para el Regulador:
Mientras que la ley anterior de la ARESEP, vigente entre 1996 y 2006, en las funciones del Regulador sí incluía resolver la fijación de tarifas, tal y como se detalla a continuación, en el punto c, del artículo 57:
Dado el cambio en la ley, la Junta Directiva anterior creó un Comité de Regulación, el cual se ha encargado de aprobar los cambios de tarifas en el último año. Este Comité está integrado por los tres directores de las áreas de Transportes, Energía y Agua. El Regulador General, Dennis Meléndez, manifestó que “hasta este momento se dispone de la opinión del abogado constitucionalista Rubén Hernández Valle, la cual no es vinculante para la ARESEP. Esto no implica ninguna inseguridad jurídica de lo actuado por el Comité de Regulación hasta el momento”. Sin embargo, indicó que, para dar mayor tranquilidad a la ciudadanía solicitará a la Junta Directiva que le asignen directamente las mencionadas funciones. Esto no implica que se acepte que el esquema actual sea ilegal, ni inconstitucional, lo cual solo puede ser declarado por la Sala Constitucional. |
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