'Salario Escolar' quedó exonerado de rentar - TicoVisión |
Escrito en 28/10/11 a 08:11:07 GMT-06:00 Por Administrador |
Los legisladores también aprobaron una moción impulsada por el legislador Carlos Avendaño Calvo para exonerar del impuesto sobre la renta a las mutuales de ahorro y préstamo. 28 de Octubre de 2011 | TicoVisión | Redacción - | Legislativas | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento 'Salario Escolar' quedó exonerado de rentar San José.- A los trabajadores del sector público y los del sector privado que reciban salario escolar no se le aplicará el impuesto de renta sobre estos recursos, según una moción aprobada en el expediente 18261 Ley de solidaridad tributaria, que se discute en la Comisión Especial creada para su trámite. La excepción se aprobó ante una disposición del proyecto que elimina todas las exoneraciones a pesar de que al salario escolar del sector público se le había aprobado una ley excluyendo del pago de ese gravamen. Ahora los legisladores de la Comisión Especial consideraron conveniente mantener la exoneración y extenderla al sector privado, donde según recalcó el legislador Carlos Avendaño Calvo el número de trabajadores que lo reciben va en aumento. Los legisladores también aprobaron una moción impulsada por el legislador Carlos Avendaño Calvo para exonerar del impuesto sobre la renta a las mutuales de ahorro y préstamo. El congresista consideró necesario excluir a estos entes del pago de ese gravamen por la labor que ejecutan facilitando a miles de familia el acceso a una vivienda. Igual suerte tuvo una moción para excluir del pago de impuestos a los vehículos de carga liviana y las motocicletas, por considerarse que son carros que se manejan en su mayoría como instrumentos de trabajo. Los legisladores manifestaron que en el caso de los cargas livianas son muy utilizados por pequeños y medianos productores especialmente del sector agrícola. En cuanto a las donaciones que sean debidamente comprobadas, los diputados de esta comisión especial aprobaron una moción para que sean deducibles del impuesto sobre la renta. La medida se podrá utilizar en el caso de donaciones a entidades del Estado, Juntas de Educación, Municipalidades, Cruz Roja, fundaciones de bien social y universidades estatales. |
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