Lista legislación para los delitos informáticos - Tico Visión |
Escrito en 28/04/10 a 14:13:08 GMT-06:00 Por Administrador |
Por Shirley Gutiérrez Araya sgutierrez@asamblea.go.cr Los integrantes de la Comisión de Seguridad le dieron dictamen afirmativo al expediente 17 613 por medio del cual se introduce un nuevo capítulo en el Código Penal, que establece la legislación para los delitos informáticos. También se incluye una reforma al artículo 229 bis de dicho Código y se introduce el denominado “daño informático”, por medio del cual se impondrá pena de prisión de tres a seis años al que por cualquier medio accese, borre, suprima, modifique o inutilice, sin autorización, los datos registrados en una computadora.” La nueva legislación establece diferentes penas de prisión que van desde los 3 hasta los 8 años para los delitos denominados abuso de medios informáticos, suplantación de identidad, estafa informática, espionaje, uso de virus, clonación de páginas electrónicas, suplantación de identidad y de sitios web para capturar datos personales (phishing y pharming) y sabotaje informático. La pena mayor llega hasta los 8 años de prisión cuando se da sabotaje informático y el autor causa peligro o daño común, se realiza en provecho propio o de un tercero y cuando se relaciona con datos de carácter público. De acuerdo con la propuesta un delito informático se define como “crimen genérico o crimen electrónico, que agobia con operaciones ilícitas realizadas por medio de pcs o de internet que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Sin embargo, las categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, robo, chantaje, falsificación y malversación de caudales públicos, en los cuales han sido utilizados ordenadores y redes. Hay otras actividades delictivas que se realizan por medio de estructuras electrónicas ligadas al ámbito informático, como el ingreso ilegal a sistemas, interceptado ilegal de redes, interferencias, daños en la información (borrado, dañado, alteración o supresión de datacredito), mal uso de artefactos, chantajes, fraude electrónico, ataques a sistemas, robo de bancos, ataques realizados por hackers, violación de los derechos de autor, pornografía infantil, pedofilia en Internet, violación de información confidencial y muchos otros.” |
Los Comentarios son responsabilidad de los que lo publican, por lo tanto no nos haremos responsables de su contenido. |