Defensoría pide no frenar leyes para poblaciones discriminadas - TicoVisión
Escrito en 27/04/12 a 08:14:33 GMT-06:00 Por Administrador
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La Defensoría insta a los diputados a no frenar
la discusión de leyes para poblaciones discriminadas

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27 de Abril del 2012 | TicoVisión | Redacción - | Nacionales | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



La Defensoría insta a los diputados a no frenar
la discusión de leyes para poblaciones discriminadas


  • Omitir discusión en estos campos iría contra compromisos internacionales adoptados por el país para erradicar la discriminación y la desigualdad .

  • Defensoría sostiene necesidad de que se retome el estudio de proyectos de ley relacionados con la fertilización in Vitro, la unión de hecho de las personas con orientación hacia el mismo sexo, la autonomía de los pueblos indígenas, los adultos mayores, entre otros, temas de Derechos Humanos.

  • Congreso es por excelencia el centro de discusión para la toma de decisiones en materia legislativa y cualquier restricción a discutir temas como lo antes expuestos y cualquier otro relacionado con Derechos Humanos por más polémicos que sean, sería un error grave en una  democracia.

La Defensoría de los Habitantes hizo un llamado hoy a los señores y señoras diputadas a retomar, sin exclusión dentro de la agenda ordinaria -que inicia el próximo 1 de mayo- aquellos proyectos de ley relacionados con el reconocimiento de derechos a favor de poblaciones discriminadas, tomando en consideración la necesidad de un debate legislativo en ámbitos como la fertilización in Vitro, la autonomía de los pueblos indígenas, la necesidad de fortalecer el apoyo a los adultos mayores, la unión de hecho o sociedades de convivencia de las personas con orientación hacia el mismo sexo, entre otros temas.

Para la Defensoría, por más polémico que resulte una iniciativa de ley, desde la perspectiva de los Derechos Humanos no puede darse ninguna restricción que permita a la sociedad debatir estos asuntos en el seno legislativo, dado que esa es la instancia a la que le corresponde la discusión de leyes que pretenden llenar vacíos de tutela, y que específicamente en la materia de uniones de hecho de personas del mismo sexo ha sido recomendado por la Sala Constitucional y en el caso

de Fertilización in Vitro ha sido recomendado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Asimismo en ámbitos que abarquen a los pueblos indígenas, a los adultos mayores, y cualquier otra legislación a favor de estas poblaciones. Si no es la instancia legislativa en la que se da la discusión democrática, ¿dónde se dará?, se pregunta la Defensoría.

El Poder de legislar de las y los diputados deriva del mandato del  pueblo, por lo que  su actuar en la materias, particularmente de derechos humanos, no puede estar desvinculada de  las opiniones y necesidades de las víctimas actuales o potenciales; de quienes hoy o mañana, por no poder embarazarse naturalmente deben recurrir a la ciencia para lograrlo;  o de las personas que  conviven y esta convivencia no genera ningún derecho.  El deber de legislar debe estar sujeto al bien común y  a la ética pública y jamás supeditada a la moral individual, temerosa de todos los mitos que rodean la salud sexual y reproductiva, y la libertad de las personas para tomar decisiones.

El ejercicio de la potestad de legislar y de enmienda de los proyectos de ley deben ser el resultado del conocimiento; de la atenta escucha a quienes piensan igual, pero más atenta a quienes piensan diferente, máxime cuando se trata de  las voces de las víctimas directas, que dan cuenta del significado en sus vidas de la ausencia de tutela. Deben también recurrir al conocimiento del avance científico y de los Derechos Humanos como lumbrera para aclarar las dicotomías y falacias en sustitución de los mitos y estereotipos.

La Defensoría está clara de que estos temas son derechos humanos y en el caso particular de la FIV, se trata de un asunto de derechos en el que esta involucradas las recomendaciones del Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIIDH), y en donde el  Estado costarricense está llamado a ser el garante de éstos, posibilitando que el derecho a la salud y a la seguridad social sean  para todas las personas, razón por lo que incurre en una contradicción si en lugar de garantizar derechos, los violenta con prohibiciones.    Tanto el derecho  a la salud, a la familia, como a la igualdad, señalados por la CIDH como constreñidos en el caso de la FIV en Costa Rica,  tienen la condición de ser Derechos Humanos y están caracterizados por la progresividad, lo que obliga a su avance constante la tutela y prohíbe cualquier retroceso.  

En el caso de las parejas de personas del mismo sexo, los derechos o principios más importantes que obligan al Estado a su reconocimiento, regulación y protección, son el principio de libertad de los seres humanos y el principio de igualdad, con la correlativa prohibición de todo acto discriminatorio contrario a la dignidad humana. Lo que se pretende es que puedan reconocerse derechos estrictamente civiles, que son otorgados al resto de la población.

De igual manera, el proyecto de autonomía de pueblos indígenas es una deuda histórica que persiste y que será necesario que en el espacio legislativo se pueda concretar en aras de su respeto.

Para la Defensoría cualquier intención de omitir, mediante cualquier mecanismo, el legislar en estos campos y en general sobre Derechos Humanos, sin duda alguna, iría en contra de los compromisos internacionales adoptados por Costa Rica en tratados, pactos y declaraciones para erradicar la discriminación y la desigualdad, donde esas obligaciones incluyen el respeto y garantía de los derechos humanos de grupos históricamente marginados y excluidos.




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