Sala Constitucional declara ''con lugar''
recurso de amparo contra el Mall San Pedro San José, 18 de mayo de 2012. - Por sentencia 2012-6203 del 11 de mayo de 2012, la Sala Constitucional, por mayoría declaró con lugar un recurso de amparo presentado por un ciudadano que consideró violentado el principio autonomía de la voluntad y principio de la igualdad porque fue objeto de discriminación por parte de los agentes de seguridad del Mall San Pedro, quienes lo obligaron a abandonar el lugar en razón de su orientación sexual.
Los magistrados, a través de sus sentencias han reconocido como principio jurídico fundamental, el respeto a la dignidad de todo ser humano y que cualquier tipo de discriminación, como en este caso, por motivos de orientación sexual, es contrario a la Constitución Política y a los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos.
Asimismo, de acuerdo con los estándares culturales del país, el tomarse de la mano y permanecer abrazados no es catalogado como interacción amorosa excesiva o acto erótico desproporcionado, por lo que se debe aplicar idéntico criterio cuando se trate de parejas del mismo sexo.
Los magistrados Cruz Castro y Castillo Víquez salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso. El magistrado Piza Rocafort pone nota. La magistrada Calzada pone nota.