La normativa de la Ciudad hace esta realidad más factible para los que tengan esa intención, dado que en sólo cinco días pueden tramitar el pedido y casarse.
"La Ley 26.618 se configura como la garantía útil y efectiva del derecho a conformar una familia, sin que ninguna pauta discriminatoria basada en la orientación sexual pueda oponerse como un obstáculo normativo o fáctico", comunicó la Ciudad.
La norma especifica que "todo extranjero o extranjera (más allá de su orientación sexual) que ingrese, transite o resida en la República Argentina en algunas de las categorías expuestas por la Ley 25.871 puede celebrar un matrimonio en las condiciones instrumentales desarrolladas por la ley civil y normas complementarias como garantía útil y efectiva de ese derecho, sin que la nacionalidad pueda ser opuesta como un obstáculo normativo o fáctico para su pleno ejercicio".
La semana pasada el gobernador Daniel Scioli autorizó el matrimonio en la ciudad de La Plata de un australiana y un alemán, aunque en el distrito no hay legislaciones aún, sólo una proyecto que se encuentra en la legislatura local. (ANSA) La posibilidad de que los residentes transitorios puedan contraer nupcias en las nuevas condiciones está basada en los artículos 14 y 20 de la Constitución Nacional, en las leyes 25.871 (Migraciones) y 26.618 (Matrimonio Civil) y en los decretos 660/11 y 23/12.