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El Estado es débil en fiscalizar centros educativos privados - TicoVisión |
Publicado en 12/07/12 a 14:06:14 GMT-06:00 Por Administrador |
La Defensoría de los Habitantes considera que hay un vacío legal que imposibilita un efectivo control. 12 de julio de 2012 | TicoVisión | Redacción - | Nacionales | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento El Estado es débil en fiscalizar centros educativos privados La Defensoría de los Habitantes considera que hay un vacío legal que imposibilita un efectivo control. Han transcurrido 20 años y el país no sido capaz de emitir una ley que regule la educación privada en Costa Rica, lo que deja al descubierto, en criterio de la Defensoría de los Habitantes, una de las causas de débil fiscalización del Estado en tutelar y garantizar adecuadamente el derecho de las personas menores de edad que asisten a estos centros educativos. Y es que desde 1992, la Sala Constitucional señaló la urgencia de la emisión de una ley que regule esta actividad y en ese sentido, la Defensoría ha venido insistiendo en la necesidad de que se implementen acciones que permita llenar ese vacío de ley. No obstante, el Ministerio de Educación sólo se ha abocado estrictamente a la aplicación de un Reglamento para tal fin, el cual presenta serias debilidades para que esa cartera ejerza eficazmente su labor. Una de las situaciones, por ejemplo, detectadas por la Defensoría que lesiona los derechos de niños, niñas y adolescentes es el abordaje de la violencia en algunos de estos centros educativos. Igualmente en el proceso de estudio, realizado por la Dirección de Niñez y Adolescencia de la Defensoría de los Habitantes, se ha comprobado que existe un vacío legal en algunos temas necesarios de señalar, en donde no ha existido una debida fiscalización en los últimos años, y que han debido de ser conocidos tanto por la Sala Constitucional así como la Comisión Nacional del Consumidor. Los temas recurrentes en estas dos instancias son:
Así las cosas, para la Defensoría es necesario facultar al funcionario o la funcionaria pública para ejercer la adecuada fiscalización de las acciones y procesos del sector privado. En consecuencia, esta labor aunque debe iniciarse en el Ministerio de Educación Pública, por ser el órgano técnico, es una acción legislativa y que, por ende, es urgente que se coloque en la agenda de discusión esta situación como un gran pendiente para el ejercicio efectivo de la fiscalización de la educación privada como lo establece la Constitución Política. Esto por cuanto las y los niños, y las y los adolescentes tienen derecho a una educación privada que les garantice el éxito educativo, permanencia y respeto a los derechos humanos. |
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