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El apremio corporal por pensiones alimentarias, no es una solución – TicoVisión | ||||
Publicado en 17/07/12 a 17:48:53 GMT-06:00 Por Administrador | ||||
El encarcelamiento por incumplimiento en pensiones alimentarias, lejos de ser una solución, perjudica a todas las partes interesadas y al Estado costarricense. 17 de julio de 2012 | TicoVisión | Redacción - | Nacionales | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento El apremio corporal por pensiones alimentarias, no es una solución Por el Lic Julian Frech Ayub Cuando un varón no realiza el pago de la pensión alimentaria la mujer tiene derecho a solicitar su detención de acuerdo con la ley vigente. Una vez que la mujer firma la orden de apremio, sin que medie investigación alguna de las causas que motivaron el incumplimiento, el juzgado de Pensiones Alimentarias ordena la captura a todas las delegaciones policiales del país. Las autoridades policiales del país proceden en cuestión de horas a capturar al individuo, sin que este pueda argumentar en su defensa ante un juzgado, las razones del incumplimiento o llegar a un acuerdo para hacer efectivo el pago de la misma. Una vez en la cárcel, el padre de familia se convierte en un parásito del estado y por ende de la sociedad costarricense, ya que encarcelado no produce absolutamente nada, sino que se dedica a jugar fútbol, ver televisión o perder el tiempo en cualquier otra actividad improductiva que le faculte a generar el dinero necesario para suplirlo a su familia y aprendiendo de los delincuentes acciones para cometer delitos. Además, agrava el problema de hacinamiento que padece el sistema penitenciario nacional. Ante la problemática de la sobrepoblación carcelaria, la Defensoría de los Habitantes ha interpuesto innumerables denuncias sin encontrar una solución. Es una situación donde la familia no logra ningún beneficio, el Estado incurre en innumerables gastos para mantener al individuo en prisión; es decir, ¡todos pierden! El Juez de Familia del Segundo Circuito Judicial, Gilbert Francisco Gómez Reina, ha manifestado en múltiples ocasiones que el apremio corporal por el no pago de la pensión alimentaria se encuentra en nuestra legislación desde 1867 y nunca ha resuelto el problema del incumplimiento, por eso el Estado debe asumir su responsabilidad de promover el empleo de acuerdo a la exigencia del artículo 56 de la Constitución costarricense, en relación con los artículos 23 y 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 38 del Código de la Niñez y Adolescencia y los artículos 18 y 27 de la Convención de los Derechos del Niño. El juez Gómez elaboró un proyecto de ley para solucionar este problema, mismo que introdujo en la Asamblea Legislativa desde el primero de mayo del año 2010 a las 9:00 a.m. En ese entonces fue recibido por el diputado Oscar Alfaro Zamora, quien presidía la Comisión de Asuntos Jurídicos y que luego pasó a presidir la Comisión de Derechos Humanos. Al proyecto se le asignó el expediente # 17708. El proyecto consiste principalmente en generar una bolsa de empleo exclusiva para que el demandado por pensión alimentaria no vaya a la cárcel, sino que sea contratado en un trabajo estable y con un salario justo. De esta manera, el Estado rebajaría el monto de la pensión al demandado, y además cumple con su deber promover y facilitar empleo tal y como se lo exigen los tratados e instrumentos internacionales en acuerdo con el artículo 56 de la Constitución. Aseguró el Juez Gómez, que actualmente el costo económico y social para el Estado es enorme, pues de acuerdo con un estudio que se tiene en la Asamblea Legislativa (expediente 16 627) se indica que solo en la manutención de las personas detenidas por pensiones alimentarias se invierten más de 78 mil 300 millones de colones. Muy importante también el destacar que los demandados son encarcelados junto a delincuentes de toda clase y tipo de delitos que, organizados como verdaderas mafias en lucha por el control del penal, terminan induciendo o convirtiendo en delincuente a un ciudadano sano y tranquilo que simplemente y por alguna causa no pudo afrontar el pago de una pensión. Se ha dado también el caso de varones que han tenido que enfrentar demandas por pensión alimenticia solamente por venganza de la ex pareja, cuando la mujer cuenta con evidente y comprobable solvencia económica y es el hombre quien enfrenta desempleo y pobreza. El proyecto, después de tanto tiempo de espera, no ha recibido objeción alguna por parte del Patronato Nacional de la Infancia, Ministerio del Trabajo, Ministerio de Justicia, Poder Judicial, Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), Defensoría de los Habitantes y demás partes involucradas, lo que augura una pronta discusión y aprobación en la Asamblea Legislativa. Su aprobación, sentará un precedente y será ejemplo internacional (pues son muchos los países donde aún está vigente el apremio por pensión alimentaria), y pondrá a Costa Rica a la vanguardia en este campo. Según se informó a nuestro medio, para el 20 de agosto se va a presentar un foro en donde se discutirá el proyecto. El Foro, ha sido organizado por el diputado José Joaquín Porras Contreras, jefe de la fracción parlamentaria del Partido Accesibilidad sin Exclusión (PASE). |
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