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CIDH archiva caso de nicaragüenses deportados en 1995 - TicoVisión |
Publicado en 02/08/13 a 16:03:58 GMT-06:00 Por Administrador |
Para la Cancillería, la CIDH confirma la inexistencia de los motivos que originaron la petición, así como la falta de interés de los peticionarios. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos archiva caso de nicaragüenses deportados en 1995. San José, 2 de agosto de 2013.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), notificó ayer a Costa Rica su decisión de archivar el caso de nicaragüenses deportados en 1995 y que acudieron a esa instancia en el año 2000. La Comisión notificó ayer el Informe de archivo N° 65/13, referido al caso N° 11.495, que había sido admitido por la CIDH desde el año 2000, para analizarlo por el fondo y que se refiere a la una denuncia de un grupo de nicaragüenses que alegaban que habían sido capturados e inmediatamente deportados de Costa Rica a Nicaragua por carecer de documentos migratorios, impidiéndoseles presentar una denuncia o interponer recurso jurisdiccional alguno ante las autoridades costarricenses competentes. Los hechos ocurrieron el 28 de febrero de 1995. El Ministerio de Relaciones Exteriores, considera hoy que la decisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “representa una desestimación del caso y ratifica el apego de Costa Rica a su histórico compromiso con los derechos humanos, y en particular, de su permanente solidaridad con muchos nicaragüenses que lograron en nuestro país oportunidades que en su propio país no encontraron”. Para la Cancillería, la CIDH confirma la inexistencia de los motivos que originaron la petición, así como la falta de interés de los peticionarios. Recordó que el año pasado, y tras una reunión de trabajo celebrada en Washington D.C., Costa Rica hizo ver a la CIDH el desinterés de los peticionarios en la presente gestión, quienes tenían más de 12 de años de no realizar gestión alguna. Además, en coordinación con la Dirección de Migración y Extranjería, se le expuso en detalle a la CIDH, los significativos avances que ha tenido el país con la nueva ley de migración. El caso se remonta al 28 de febrero de 1995, cuando la CIDH recibió una denuncia en contra de Costa Rica en la cual se alegaba una supuesta violación en perjuicio de 47 ciudadanos nicaragüenses deportados de Costa Rica a Nicaragua el 22 de febrero de 1995. Costa Rica alegó que las autoridades nacionales, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley General de Migración y Extranjería, efectuaron un operativo con el fin de detectar y deportar a todo extranjero que hubiera ingresado al país de manera clandestina. Que este tipo de operativos se conducen con apego a las normas nacionales e internacionales y a los procedimientos establecidos y, a cada persona deportada se le levanta un expediente y se le notifica la respectiva resolución de deportación. De igual forma, se participa al Consulado del país de origen a efecto de que éste pueda registrar el ingreso de cada deportado en su territorio. En otro caso, relacionado con nicaragüenses, en marzo de 2007, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), declaró inadmisible en todos sus extremos la comunicación “Canda Mairena y Silva Urbina”, presentada por Nicaragua, ratificando las amplias garantías de acceso a justicia en Costa Rica y el respeto a los derechos humanos. |
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