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Muerte disfrazada de Bendición - TicoVisión |
Publicado en 09/08/13 a 16:28:49 GMT-06:00 Por Administrador |
La corrupción y el tráfico de influencias políticas, no deben disfrazarse de Bendición; todos sabemos que lo que representa es MUERTE INSTITUCIONAL. Por Reinhardt Acuña Torres Consultor en Biotecnología Aplicada 9 de agosto de 2013.- El gobierno oligárquico, plutocrático y autocrático en su afán insaciable de poder, poder absoluto, como absoluta es su corrupción; pretende de un solo plumazo en el plano legislativo, volarse un “capítulo entero” de nuestra Constitución Política, TÍTULO XIV: LAS INSTITUCIONES AUTÓNOMAS, que otorga independencia administrativa a las instituciones autónomas del Estado. Con el cinismo y el descaro propio del déspota, el Gobierno pretende desaparecer directivas para quitarse trabas; la presidencia alega que el control excesivo retrasa el trabajo de las instituciones; en otras palabras, que el control institucional ejercido por la “autonomía del Estado” que la Constitución Política otorgó a las instituciones autónomas, le Impide al Ejecutivo y al Consejo de Gobierno ejercer su “Santa Voluntad” sin encontrar resistencia; o lo que es lo mismo, que las juntas directivas de las instituciones autónomas problemáticas para el “Gobierno Neoliberal” deben desaparecer por su resistencia a ejercer la “Santa Voluntad” del Ejecutivo y de su Consejo de Gobierno. Está claro que SÍ debe haber una “reforma administrativa” y una ley o proyecto de ley, pero para darle contenido legal y jurídico; ésta ha de ser para desaparecer las presidencias ejecutivas de las instituciones autónomas; las presidencias ejecutivas representan al poder del Ejecutivo (de ahí su nombre) en la administración de las instituciones autónomas; eso claramente resta, quita y disminuye la independencia administrativa a las instituciones autónomas y las sujeta más que a la ley, al poder y voluntad del Ejecutivo en materia de gobierno. De haber una reforma administrativa, o una ley, o proyecto de ley, debe ser para desaparecer la facultad del Consejo de Gobierno para el nombramiento del gerente o director de la junta directiva o de cualquier miembro de la junta directiva; solo así se logra una “verdadera independencia administrativa” de las instituciones autónomas del Poder Ejecutivo y del Consejo de Gobierno. Los informes y todas las demás atribuciones y contenidos que le correspondían al presidente ejecutivo de una institución autónoma para con el Ejecutivo y el Consejo de Gobierno, deberán pasar al gerente o director de la institución autónoma. En igual forma, los nombramientos, tanto del gerente o director de la institución autónoma, como de los miembros de la junta directiva, deben desaparecer de manos del Consejo de Gobierno y quedar en manos de la institución autónoma, bajo criterios meramente técnicos, académicos y profesionales, propios de la institución autónoma. La corrupción y el tráfico de influencias políticas, no deben disfrazarse de Bendición; todos sabemos que lo que representa es MUERTE INSTITUCIONAL. http://reinhardt707.wordpress.com/2013/08/09/la-muerte-disfrazada-de-bendicin/ |
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