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VEDA ELECTORAL y difusión de encuestas rige del 30 de enero al 2 de febrero - TicoVisión |
Publicado en 27/01/14 a 07:45:26 GMT-06:00 Por Administrador |
Durante ese periodo se prohíbe la difusión de espacios pagados en prensa escrita, radio, televisión e Internet. Partidos políticos no podrán realizar actividades en zonas públicas a partir del 27... Veda para propaganda electoral y difusión de encuestas rige del 30 de enero al 2 de febrero
San José, lunes 27 de enero de 2014.- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda a los partidos políticos, medios de comunicación y ciudadanía en general que, de acuerdo con lo estipulado en el Código Electoral, a partir del jueves 30 de enero y hasta el domingo 2 de febrero (ambos días inclusive) estará prohibida la difusión de propaganda electoral, así como de encuestas y sondeos de opinión, vinculados con las Elecciones Generales. En ese sentido, la citada ley, en el párrafo cuarto del artículo 136, indica que se prohíbe la difusión de propaganda política en medios de comunicación colectiva, es decir, la publicación de espacios pagados en prensa escrita, radio, televisión e Internet. Sobre este último medio en particular, el TSE ha aclarado en jurisprudencia anterior, que lo que se prohíbe durante ese periodo es “…la publicación de espacios pagados en Internet, como lo son, por ejemplo, “banners” de los partidos políticos o de sus candidatos en sitios web; ésta es la única restricción que pesa en relación con el uso de Internet por parte de los partidos…”. (sesión n.° 127-2009 de 17 de diciembre de 2009) Además, desde el próximo 30 de enero y hasta el 2 de febrero (ambos días inclusive), estará rigurosamente vedado a toda persona la difusión o publicación, parcial o total, por cualquier medio (incluidas las redes sociales), de los resultados de todo tipo de sondeos de opinión y encuestas relativas a los comicios. Esta medida también rige para mediciones de intención de voto o de sufragio efectuado (por ejemplo, las denominadas encuestas a boca de urna) y las actividades de simulación de voto (elecciones infantiles). Los datos de estos dos tipos de medición no se podrán revelar hasta que finalice la sesión solemne de transmisión de datos, que efectuará el TSE el domingo 2 de febrero en horas de la noche. Este organismo electoral exhorta a todos los ciudadanos a no dar, durante ese periodo, ninguna credibilidad a cualquier tipo de sondeos, encuestas, avances de resultados o conteos que no procedan directamente del TSE. Además, los partidos políticos no podrán celebrar reuniones o mitines en zonas públicas desde el lunes 27 de enero y hasta el domingo 2 de febrero de este año, tal y como lo indica el artículo 137 del Código Electoral. El incumplimiento de las citadas reglas conlleva la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 286, 289 y 291 del referido cuerpo normativo. Ver o descargar la normativa en la siguiente dirección: http://www.tse.go.cr/pdf/normativa/codigoelectoral.pdf |
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