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Desmienten afirmaciones dadas en el programa Giros: Proyecto Bienestar Animal - TicoVisión |
Publicado en 09/03/16 a 06:14:04 GMT-06:00 Por Administrador |
El Proyecto de ley NO CASTIGA por "comerse a la gallina del patio, ni por comerse a un chanchito en el tamal, ni por matar a una cucaracha". El texto incluye excepciones para los sectores... Desmienten afirmaciones dadas en el programa Giros sobre el "Proyecto de Bienestar Animal" San José, 9 de marzo de 2016.- El proyecto de Bienestar Animal (Expediente N° 18.298) que penaliza la crueldad y la muerte no justificada contra los animales NO castiga a las personas que consuman animales como parte de su dieta ni costumbres alimentarias. La aclaración la realizan diputados y diputadas de distintas fracciones legislativas ante las afirmaciones falsas que algunas personas han dado ante medios de comunicación, como fue el caso del programa Giros el día 08 de marzo. El texto negociado, que cuenta con el apoyo de legisladores y legisladoras de 6 fracciones, es resultado de un consenso con distintos sectores que participaron en el proceso de elaboración y negociación del texto, desde los sectores más radicales de protección de animales hasta el sector productivo y pecuario del par5, pasando por los distintos partidos políticos. El objetivo fue consensuar con los diferentes sectores sociales y productivos para modificar el texto original e incluir los cambios necesarios en un nuevo texto sustitutivo, el cual ya fue aprobado por la Comisión de Ambiente y se discutirá en el Plenario. Los legisladores manifestaron "Aclaramos al pueblo costarricense que una persona que mate una cucaracha NO será penalizada, pues este animal se clasifica como animal de plaga. Una persona que tenga animales para subsistencia familiar, que lo produzca para consumirlo NO será penalizada, debido a que toda actividad agropecuaria, ganadera, veterinaria, pesquera o acuícola está exceptuada de la aplicación de la norma". "Para mejor información, recordamos las excepciones de la aplicación de la norma: Las pesqueras y acuícolas (reguladas por la Ley N.° 7384 del 16 de marzo de 1994 y la Ley N.° 8436 del 01 de marzo de 2005). Las agropecuarias o zootécnicas o ganaderas o veterinarias reguladas de acuerdo con la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Ley 8495 del 16 de mayo del 2006. Las de fines de mejoramiento control sanitario o fitosanitario, marcación, control reproductivo o higiene de la respectiva especie animal. Las que se realicen por motivos de piedad. Las que se efectúen por motivos de resguardo de cultivos o terrenos productivos." La aclaración la realizan los diputados: Karla Prendas (PLN) Ronny Monge (PLN) Antonio Álvarez Desanti (PLN) Abelino Esquivel (Renovación Costarricense) Marcela Guerrero (PAC) Marco Vinicio Redondo (PAC) Epsy Campbell (PAC) Nidia Jiménez (PAC) Franklin Corella (PAC) Marvin Atencio (PAC) Javier Cambronero (PAC) Edgardo Araya (Frente Amplio) Suray Carrillo (Frente Amplio) Descargar y/o leer el documento completo con las firmas. |
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