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Nueva ley de aranceles consulares no se aplica en Costa Rica - TicoVisión |
Publicado en 12/08/10 a 23:46:09 GMT-06:00 Por Administrador |
Injustificada y falta de sensibilidad social en contra de miles de inmigrantes nicaragüenses que buscan su regularización migratoria en Costa Rica... 12 de Agosto de 2010 TicoVisión Fuente: Nicaragua Hoy Redacción.- Injustificada y falta de sensibilidad social en contra de miles de inmigrantes nicaragüenses que buscan su regularización migratoria en Costa Rica, es la falta de aplicación de la nueva tabla de aranceles consulares aprobada por los diputados el 18 de Noviembre del 2009 y publicada en la Gaceta No. 67 del 13 de Abril del 2010. “Nicaragua Hoy” confirmó que hasta la fecha la nueva tabla de aranceles no se está aplicando en las oficinas consulares que Nicaragua tiene en el territorio costarricense. La ley, conocida como la No. 710, reduce algunos costos por los trámites consulares y sube otros, pero lo que llama la atención y ha venido perjudicando a miles de connacionales que han hecho trámites consulares en los últimos dos meses, es que en Costa Rica no se aplica a pesar de su publicación en La Gaceta y de haberse vencido el término de los sesenta días para su entrada en vigencia. Algunos funcionarios consultados en San José, ni siquiera conocen la “Ley de tasa por servicios consulares”, de la cual tampoco se conoce si ya fue reglamentada por el Presidente de la República, en el plazo de sesenta días a partir de su publicación, que se establece en la norma aprobada por el Parlamento. En el Consulado General de Nicaragua en San José ningún funcionario quiso referirse oficialmente al tema. Dijeron que en toda la misión diplomática la única persona autorizada para hablar con los medios de prensa es el embajador Harold Rivas Reyes, a quien fue imposible localizar. Los más afectados son quiénes han pagado por pasaportes provisionales, revalidación de los ordinarios, y las inscripciones de nacimientos, matrimonios, así como el pagó de 5 dólares por un formulario, entre otros servicios. Los cobros inapropiados se aplican hasta la fecha, significando que los nicaragüenses en Costa Rica estarían siendo engañados por sus funcionarios, declaró José Ramón Gutiérrez de la organización “Nicaragua Sin Fronteras”. “Es una barbaridad lo que se le está haciendo a los inmigrantes nicaragüenses, porque la nueva tabla de aranceles debió de aplicarse desde hace unos dos meses atrás. No existe sensibilidad y se le sigue exprimiendo el poco dinero que con mucho esfuerzo se ganan para la subsistencia de sus familias en Nicaragua”, sostuvo. Respecto a los actuales aranceles, se sigue cobrando por un formulario (5 dólares), que no parece su legalidad por ninguna parte de la Ley 710. En el caso del precio del pasaporte ordinario se mantiene en 50 dólares, 50 por ciento más de lo que cuesta tramitarlo en Nicaragua. El provisional pasó de 25 dólares a 10 y las revalidaciones subieron de 13.50 a 20 dólares. Sin embargo, esos cambios no se aplican aún. Incluso hasta los usuarios terminan pagando aranceles diferentes; por ejemplo: por el provisional que tiene un costo de 25 con la Ley anterior, el usuario esta pagando 35 al sumarle 5 dólares por un formulario y 5 por el trámite expedito. En las revalidaciones se aplica la misma fórmula: cuesta 13.5 que al final se hacen 23.5 dólares. Mientras, por la inscripción de nacimientos, matrimonios o defunciones se pagan 5 dólares. Tanto ese cobro, como el del formulario, no se deberían estar aplicando puesto que no se observan en la nueva tabla. Incluso se establece que los nicaragüenses en esos trámites están exonerados. “Es absurdo que al nicaragüense se le cobren 5 dólares por una hoja fotocopiada que llaman formulario y 5 dólares por lo que llaman trámite expedito, porque no se está invirtiendo ni en más personal ni en más recursos. Gastan lo mismo que entregando el trámite al día siguiente y es un servicio que como Estado debe prestarse de manera ágil y sin fines de lucro”, dijo José Ramón Gutiérrez. Según la nueva ley “Están exentos de pago los siguientes servicios consulares: Inscripciones de hechos vitales (nacimiento y defunción); primera certificación de nacimiento emitida en ocasión de haberse inscrito ésta en el primer año de ocurrencia; reconocimiento de hijos menores de edad; inscripción de matrimonio; registro consular de los nicaragüenses en el exterior…”. Asimismo, en ese artículo se faculta a los consulados a exonerar de los pagos por “todos los servicios que requieran los nicaragüenses que se encuentren en situación de extrema vulnerabilidad y que necesiten de la protección consular. La situación de extrema vulnerabilidad deberá estar debidamente justificada conforme los criterios que se establezcan en el Reglamento de la presente Ley”. Se desconoce el por qué la Cancillería aún no ha orientado a sus funcionarios de estos nuevos aranceles si la Ley en su Artículo 20, expresa que: “La presente Ley entrará en vigencia sesenta días después de su fecha de publicación en La Gaceta, Diario Oficial”, hecho que ocurrió el pasado 13 de abril. Para los amigos lectores que tengan acceso a Internet pueden cotejar que en el sitio de la Oficina de Acceso a la Información Pública, de la Cancillería, se ubica la tabla de aranceles anterior a la probada por el parlamento: http://oaip.cancilleria.gob.ni/index.php?option=com_content&view=article&id=125&Itemid=269 Mientras que en el sitio la de la Asamblea Nacional se publica la nueva: http://legislacion.asamblea.gob.ni/normaweb.nsf/b92aaea87dac762406257265005d21f7/bb245a22843445150625772600592cf8?OpenDocument “Por cuánto tiempo más van a seguir pagando de más los nicaragüenses si ya existe una ley. Sería bueno que se pronuncien los expertos en temas fiscales en Nicaragua a fin de clarificar qué es lo que esta sucediendo con esto, porque a toda vista puede haber dolo o bien una falta grave de negligencia administrativa por seguir aplicando aranceles derogados. Debe haber un responsable por esa omisión y zanganada. Alguien tiene que responder ante el dinero que están pagando de más los nicaragüenses en Costa Rica”, indicó el líder comunal, José Ramón Gutiérrez. También puede generarse una responsabilidad por indebida recaudación de los aranceles de ley, porque no se tiene certeza si han estado emitiendo visas de ingreso a Nicaragua bajo el valor de 20 dólares, cuando la nueva tabla establece 30. Hay que destacar que la nueva normativa, es clara que a los nicaragüenses no se le debe cobrar por “cualquier otro servicio o documento que demande o solicite un nicaragüense residente o no en el exterior y que no se encuentre contemplado en la precedente Tabla de Tasas por Servicios Consulares…”. Otra novedad es que los trámites ahora se podrán cancelar en moneda del país donde se haga el trámite y no solo en dólares como lo están haciendo actualmente. Además que los cobros por los trámites expeditos tendrán una vigencia de 5 años a partir de la fecha de entrada en vigencia de dicha ley. Y para cerrar, el actual carnet consular, que se entrega de forma gratuita y que por el momento no tiene ningún uso vinculante con las autoridades costarricenses, en la nueva ley se asigna un costo de 30 dólares para quiénes lo soliciten. |
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