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Aprobadas las reformas a "Ley de Violencia Doméstica" - TicoVisión |
Publicado en 31/08/10 a 17:14:43 GMT-06:00 Por Administrador |
31 de Agosto de 2010 TicoVisión Shirley Gutiérrez /ALCR San José.- La Comisión Especial de la Mujer le dio dictamen afirmativo al expediente 15732 por medio del cual se introducen una serie de modificaciones a varios de los artículos de la Ley 7586 Contra la Violencia Doméstica. En las modificaciones a la ley ya existente se busca brindar una efectiva protección a la familia y, en especial, a la mujer, al niño y al enfermo desvalido, eliminando cualquier tipo de sometimiento discriminatorio de una persona respecto de la otra, dentro del núcleo familiar. Se impulsa agilizar la actuación de los juzgados disponiendo que la audiencia de recepción de pruebas no sea un paso obligatorio, sino, que se realice solo si el presunto agresor lo solicita. Con la introducción de esta reforma se pretende descongestionar las agendas de los juzgados que se encuentran saturadas, lo cual permitiría dedicar más tiempo al estudio y seguimiento de las causas. Otra de las modificaciones incluye que la víctima no estará siempre obligada a asistir a una audiencia para obtener las medidas de protección que se le va a brindar. En aras de una efectiva tutela, las medidas de protección se van a mantener por un año, mientras formalmente no sean levantadas con anterioridad, así como establecer la posibilidad de fijarle al agresor una residencia en un lugar distante. Dado que en lugares alejados el Poder Judicial no puede mantener un juzgado especializado en violencia doméstica brindando el servicio de forma permanente, se atribuye competencia a otros órganos, como juzgados mixtos, contravencionales y penales, para intervenir en los conflictos familiares. Se crea un registro interno con los nombres de las personas que han sido declaradas responsables de cometer actos de violencia doméstica, para lo cual los despachos judiciales deben enviar un resumen de los datos que interesan y consultarlo para resolver los asuntos relacionados con los hechos registrados. Se faculta a la policía administrativa a imponer medidas de protección cuando los hechos sucedan en horas y días en que los tribunales permanecen cerrados y no exista tribunal de turno extraordinario o cuando las víctimas tengan dificultades para obtener una protección inmediata de los tribunales. La legisladora liberacionista Alicia Fournier Vargas, quien tuvo a cargo la subcomisión de estudio detalló que en esta etapa participaron una serie de funcionarios judiciales como jueces de violencia doméstica, de familia, letradas y magistradas con el fin de que la iniciativa sea concordante con la situación actual y no se vuelvan a presentar problemas de inconstitucionalidad”. En los trámites que involucran a este expediente se aprobaron dos mociones para consultar el proyecto a la Procuraduría y Contraloría Generales de la República, la Defensoría de los Habitantes, Patronato Nacional de la Infancia PANI, Caja Costarricense de Seguro Social CCSS, Instituto Nacional de las Mujeres INAMU, Ministerio Público, Instituto de Derechos Humanos, Consejo Nacional de Rehabilitación y Comité de Información de la Persona con Discapacidad. Otros trámites Las legisladoras también le dieron trámite a mociones que, vía artículo 137, le fueron presentadas al expediente 17 418 por medio del cual se impulsa una reforma a la Ley 7954, que creará la Galería de la Mujer. También se dio trámite a mociones que por la misma vía, se le incluyeron al proyecto 17499 que impulsa una reforma y adición de los artículos 22 y 25 a la Ley 8589 de Penalización de la violencia doméstica contra las mujeres. |
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