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Sala cuarta ratifica retenes policiales - TicoVisión |
Publicado en 03/02/11 a 15:55:42 GMT-06:00 Por Administrador |
03 de Febrero de 2011 TicoVisión Fuente:MSP Costa Rica Sala cuarta ratifica retenes policiales La Sala Constitucional dejó sin efecto, este 1 de febrero, un recurso de hábeas corpus presentado por un ciudadano costarricense, el pasado 17 de enero, el cual hacía referencia a la violación de los derechos de libertad de tránsito y principio de inocencia, por el accionar de la policía en un retén de carretera. El querellante aducía que “el pasado 17 de enero de 2011 conducía por las inmediaciones del Parque de Diversiones en San José y fue detenido en un retén por seis oficiales de la Unidad Delta Quince de la Fuerza Pública, al ser aproximadamente las 18:42 horas”; además que los oficiales le “dijeron que se trataba de un operativo de rutina, por cuanto la Presidenta de la República y el Ministro de Seguridad Pública dejaron sin efecto el voto de la Sala Constitucional referente a los retenes, y que sin mediar una orden judicial ni noticia criminis, le solicitaron que mostrara su cédula de identidad, se bajara del carro y abriera la cajuela”. Debido a ello, el Ministerio de Seguridad Pública otorgó pruebas del accionar de los oficiales en ese momento, como el fundamento de noticia criminis mediante actas de las fechas 16 y 17 de enero del presente año por los asesores legales de la Fuerza Pública. Además, adjuntó copia certificada de la oficialía de Guardia de la delegación de Mata Redonda, folio 123. La Fuerza Pública, argumentó además que “ante la comisión de hechos delictivos, las personas involucradas pretenden evadir el accionar policial, realizando transbordo de vehículos, cambio de prendas de vestir, desplazamiento a la largo del territorio nacional, etc… se hace necesario realizar las acciones policiales que permitan el abordaje y detención de los infractores”. Con dichas pruebas, la Sala Constitucional dictó el voto número 2011001222 cuyo pronunciamiento declara sin lugar el recurso. Katia Rivera, jefa de la Dirección Policial de Apoyo Legal, comentó que la sentencia “refleja que el Ministerio de Seguridad Pública ha sido respetuoso de la resolución de la Sala Constitucional, siendo que los retenes se hacen mediante noticia criminis, con respaldo, con asesores legales y de acuerdo al protocolo que se utiliza para estos efectos”. SRLM |
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