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Cuestionan funcionamiento de |
Publicado en 11/02/11 a 08:05:28 GMT-06:00 Por Administrador |
*Órgano fue establecido temporalmente el año pasado en tiempo de vacancia del máximo jerarca de esa institución, sin embargo, sigue con funciones que son propias del Regulador General.* 11 de Febrero de 2011 TicoVisión Redacción/DH Costa Rica Cuestionan funcionamiento de "Comité Regulatorio" en ARESEP San José.- La Defensoría de los Habitantes solicitó al Regulador General de los Servicios Públicos, Dennis Meléndez Howell, explicar las razones por las cuales se mantiene la existencia del denominado “Comité Regulatorio”, el cual fue constituido temporalmente por esa institución mientras se nombraba al jerarca. Este Comité fue creado por la Junta Directiva de la ARESEP en abril del 2010, con el fin de que durante el tiempo que la institución no tuviera jerarca por falta de nombramiento, se abocara a ordenar la apertura de los expedientes tarifarios, fijar las tarifas de los servicios públicos y resolver los recursos de revocatoria que se presenten contra esas resoluciones. Cabe destacar que la Defensoría se mostró preocupada desde un inicio por la constitución de dicho Comité, debido a que consideraba que los actos administrativos que emitía, producirían efectos jurídicos cuya validez, eventualmente, podría ser cuestionada por quien se sintiera afectado(a). Así las cosas, pese a que el Regulador General de la República fue nombrado en junio del año anterior, se decidió prorrogar el funcionamiento de dicho Comité y se nombró a sus miembros. Ante esta situación y dado el cambio de las circunstancias que originalmente motivaron la creación del Comité Regulatorio, pues ya no existe tal vacancia, la Defensoría de los Habitantes pidió al Regulador General informar, entre otras cosas: 1. Los fundamentos técnicos y jurídicos que sustentan la decisión de prorrogar al citado Comité Regulatorio, pese a que el Regulador General está debidamente nombrado. 2. Detallar si el Comité realiza alguna otra función además de ordenar la apertura de los expedientes tarifarios, fijar tarifas y resolver los recursos de revocatoria; y de qué manera se toman las decisiones en el Comité Regulatorio. 3. Si las resoluciones dictadas por el Comité Regulatorio a los recursos de revocatoria agotan la vía administrativa o es el Regulador General quien resuelve los recursos de apelación en subsidio. 4. Los requisitos que deben reunir las personas que sean nombradas como titulares o suplentes del Comité Regulatorio; así como el plazo de vencimiento de dicho nombramiento. La Defensoría se encuentra a la espera de que el Regulador General ofrezca las explicaciones del caso a cada una de estas interrogantes para valorar las acciones correspondientes. |
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