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Educación y solidarismo, aprobados expeditamente - TicoVisión |
Publicado en 05/05/11 a 09:17:56 GMT-06:00 Por Administrador |
El Estado facilitará la prosecución de estudios superiores a quienes carezcan de recursos pecuniarios. La adjudicación de las becas y los auxilios estará a cargo del ministerio del ramo, por medio del organismo que determine la ley. 05 de mayo de 2011 | TicoVisión | Redacción - | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento Educación y solidarismo, aprobados expeditamente Por unanimidad los diputados aprobaron en primer debate de la segunda legislatura los expedientes 16680 y el 15638 para reformar los artículos 64 y 78 de la Constitución Política. La iniciativa 16680 pretende elevar a rango constitucional el solidarismo y cooperativismo como medio de facilitar mejores condiciones de vida de los trabajadores. El diputado de Liberación Nacional Francisco Chacón González se expresó a favor del Movimiento Solidarista, el cual es “tan costarricense y llega tan adentro de las almas de los sectores nacionales”. Señalo que el PLN ha sido defensor del movimiento en los foros internacionales y se ha insistido en las discusiones que se dieron en la Asamblea Legislativa en reconocer en forma clara y expresa el aporte de estas organizaciones. La diputada de Accesibilidad Sin Exclusión Rita Chaves Casanova expresó que la fracción es consciente que esta espera ha causado mucho empeño en quienes promueven el solidarismo en el país y es bueno darle el rango constitucional. Esta propuesta de ley ha esperado muchísimo y se ratifica con el apoyo de los diputados y un buen inicio de la Asamblea. El expediente 15638 tiene como objetivo reformar el artículo 78 de la Carta Magna al establecer que la Educación Preescolar y la General Básica son obligatorias. Estas y la Educación Diversificada en el sistema público son gratuitas y costeadas por la nación. En la educación estatal, incluida la superior, el gasto público no será inferior al ocho por ciento (8%) anual del Producto Interno Bruto, de acuerdo con la ley, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 84 y 85 de esta Constitución. La inversión en la educación pública priorizará el fortalecimiento de esta en las zonas con menor índice de desarrollo humano, en los niveles de la Educación General Básica y Educación Diversificada. El Estado facilitará la prosecución de estudios superiores a quienes carezcan de recursos pecuniarios. La adjudicación de las becas y los auxilios estará a cargo del ministerio del ramo, por medio del organismo que determine la ley. Así mismo se establece un transitorio único y señala que el incremento del seis por ciento (6%) al ocho por ciento (8%) se alcanzará aumentando un punto cinco por ciento (0,5%) anual, hasta completar el máximo del ocho por ciento anual (8%), del producto interno bruto. La legisladora de Acción Ciudadana María Eugenia Venegas Renauld expresó que esta reforma cobra mayor importancia en el momento en que se cuenta con el Informe del Estado de la Educación, en su tercera presentación al país. Explicó Venegas Renauld que se debe dotar de los recursos adecuados a la educación; pero tal y como lo había señalado el ex diputado Guillermo Zúñiga Chaves en su momento, buscar el financiamiento, de donde vendrá el dinero que hará posible esta reforma. |
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