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Aprobaron reformas a códigos de la NIÑEZ y FODESAF - TicoVisión |
Publicado en 29/09/11 a 10:15:10 GMT-06:00 Por Administrador |
29 de Septiembre de 2011 | TicoVisión | Redacción - | Legislativas | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento Aprobaron reformas a códigos de la NIÑEZ y FODESAF Reforman Código de la Niñez y la Adolescencia Los diputados de la Comisión con Potestad Legislativa Plena Tercera aprobaron en segundo debate el expediente 17160 reforma de los artículos 172,181,182 y 183 y Adición del artículo 187 bis, del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley N 7739 del 6 de enero de 1991 y sus reformas. El objetivo de esta reforma es incorporar cuatro representantes más al Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia (CNNA), además de los actuales miembros. Así como eliminar el inciso c) del artículo 181, el cual se refiere a la atribución de los Comités Tutelares de funcionar como centro de mediación en la resolución de conflictos en esta materia y se plantea también la reforma del artículo 182 para otorgarle a la Asamblea General de la asociación de desarrollo la competencia de reglamentar la estructura y funcionamiento de dicho comité. Otra de las reformas aprobadas se da en el artículo 183 mediante una adición de un párrafo segundo donde se dispone que los recursos para el financiamiento de los comités titulares sean asignados a las asociaciones de desarrollo a las que se encuentran inscritos estos comités titulares. Reforman Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) Con el apoyo unánime de 15 diputados se aprobó en segundo debate en la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera una modificación a la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares. Con esta modificación se busca destinar al Fondo de Subsidios para la Vivienda, al menos un dieciocho punto cero siete por ciento (18.07%) de todos los ingresos anuales, ordinarios y extraordinarios, del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf). Así como asignar al Fondo Nacional de Becas, el cero punto cuarenta y tres por ciento (0.43%) de los presupuestos ordinarios y extraordinarios de Fodesaf. En el nuevo texto se adiciona también la autorización para de destinar los recursos provenientes de Fodesaf a gastos administrativos en los siguientes aportes:
Otra reforma acordada es la modificación del artículo 49 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda que establece que el Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) establecerá los costos administrativos necesarios, los cuales serán cargados al Fondo de Subsidio para la Vivienda tanto por este Banco como por las entidades autorizadas para el trámite del subsidio. Estos costos serán por un máximo de un seis por ciento (6%) de las sumas colocadas anualmente por el Fondo y el dos por ciento (2%) de ese monto será transferido a las entidades autorizadas; el resto será destinado al Banhvi, el cual no podrá utilizar más de un cincuenta por ciento (50%) para gastos en las partidas presupuestarias de servicios personales, gastos de viaje en el exterior, transporte de o para el exterior, ni consultorías, información ni publicidad. La diputada del Movimiento Libertario, Marielos Alfaro Murillo se mostró satisfecha con la aprobación del proyecto con lo cual se viene a beneficiar a la población. Por su parte el jefe de fracción de Liberación Nacional, Luis Gerardo Villanueva Monge indicó que si esta reforma no se aprobada rápido la Contraloría General no le iba a permitir al BANHVI seguir utilizando los dineros provenientes de FODESAF. Como un “paso trascendental” calificó la diputada Rita Chaves Casanova del Partido Accesibilidad sin Exclusión, la aprobación esta iniciativa dado que era imposible esperar un crecimiento en el sector vivienda si no se podía contar con más recursos. |
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